Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2022AC0064)
Acuerdo de 28 de abril de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Arroyomolinos de la Vera (M-008), para la reclasificación de suelo no urbanizable a suelo urbano con la ordenanza "4. Dotacional" de los terrenos donde se ubica el campamento infantil municipal "San Pablo".
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NÚMERO 155

39784

Jueves 11 de agosto de 2022

ANEXO I
RESUMEN EJECUTIVO
MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NNSSMM DE PLANEAMIENTO MUNICIPAL,
CONSISTENTE EN “RECLASIFICACIÓN DE TERRENOS PARA USO DOTACIONAL
PÚBLICO EN ARROYOMOLINOS DE LA VERA”
EQUIPO REDACTOR: OGUVAT de la Mancomunidad Intermunicipal de la Vera.
1. Objeto:
El objeto de la modificación puntual viene motivado por la intención del Excmo. Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera de incorporar al suelo urbano unos terrenos de su
propiedad, donde se encuentra el Campamento Infantil Municipal “San Pablo”, construido
hace años, con el fin incorporarlos como suelo dotacional para que puedan desarrollarse
con normalidad las actividades para las cuales fueron construidos.
2. Tramitación ambiental:
Según Resolución de 29 de octubre de 2020 de la Dirección General de Sostenibilidad de la
Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad no hay necesidad de someter esta
modificación puntual a evaluación ambiental estratégica.
3. Contenido:
Se pretende la ampliación de Suelo Urbano con una nueva zona dotacional.
Los terrenos se encuentran en una zona noreste colindante del suelo urbano, en concreto
el casco urbano consolidado existente, de manera que se consigue dar continuidad a la
delimitación del suelo urbano mediante la prolongación de la existente Calle Duche, que
se encuentra urbanizada hasta el frente de los terrenos donde se ubica el campamento
juvenil.
La superficie afectada por la reclasificación es de 2.960,45 m2, toda de propiedad municipal, y se corresponde con las siguientes referencias catastrales.
Finca Rústica, concretamente la parcela 258, del polígono de rústica n.º 3 de 2.438 m2.
Propiedad municipal.
Finca Rústica, concretamente 127,05 m2 de la parcela 250, del polígono de rústica n.º 3.
Propiedad municipal.