Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2022062429)
Resolución de 21 de julio de 2022, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa previa a la sociedad Alumbra Hidráulica, SL, para la instalación fotovoltaica "Mejostilla FV1", ubicada en el término municipal de Cáceres, e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada. Expte.: GE-M/12/20.
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NÚMERO 154
39490
Miércoles 10 de agosto de 2022
La Empresa, una vez finalizadas las instalaciones y realizadas las pruebas, ensayos y
verificaciones de las mismas con resultado favorable, deberá solicitar la emisión de la
correspondiente autorización de explotación.
La presente autorización se otorga sin perjuicio de terceros y dejando a salvo los derechos
particulares, e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de
competencia municipal, provincial u otros, necesarios para la realización de las obras de
las instalaciones.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse
recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad
de acuerdo con lo establecido en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidad
con el artículo 122 de dicha norma legal.
Mérida, 21 de julio de 2022.
El Director General de Industria,
Energía y Minas,
SAMUEL RUIZ FERNÁNDEZ
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Miércoles 10 de agosto de 2022
La Empresa, una vez finalizadas las instalaciones y realizadas las pruebas, ensayos y
verificaciones de las mismas con resultado favorable, deberá solicitar la emisión de la
correspondiente autorización de explotación.
La presente autorización se otorga sin perjuicio de terceros y dejando a salvo los derechos
particulares, e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de
competencia municipal, provincial u otros, necesarios para la realización de las obras de
las instalaciones.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse
recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad
de acuerdo con lo establecido en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidad
con el artículo 122 de dicha norma legal.
Mérida, 21 de julio de 2022.
El Director General de Industria,
Energía y Minas,
SAMUEL RUIZ FERNÁNDEZ
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