Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062473)
Resolución de 2 de agosto de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Mérida para la concesión de una subvención destinada a la financiación y ejecución de un proyecto de inversión (Construcción de plataforma única para determinadas calles en zona de bajas emisiones) en esta localidad, en el marco del Plan Español de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado con fondos procedentes del instrumento de recuperación de la Unión Europea.
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NÚMERO 154
Miércoles 10 de agosto de 2022

39436

CONVENIO INTERADMINISTRATIVO ENTRE LA CONSEJERÍA DE MOVILIDAD,
TRANSPORTE Y VIVIENDA DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y EL
AYUNTAMIENTO DE MÉRIDA PARA LA CONCESIÓN DE UNA SUBVENCIÓN
DESTINADA A LA FINANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DE UN PROYECTO DE
INVERSIÓN (CONSTRUCCIÓN DE PLATAFORMA ÚNICA PARA DETERMINADAS
CALLES EN ZONA DE BAJAS EMISIONES) EN ESTA LOCALIDAD, EN EL
MARCO DEL PLAN ESPAÑOL DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y
RESILIENCIA, FINANCIADO CON FONDOS PROCEDENTES DEL INSTRUMENTO
DE RECUPERACIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA.
Mérida, 26 de julio de 2022.
REUNIDOS
De una parte, Eva María Sánchez-Montero Velasco, Directora General de Transportes de la
Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura (Decreto 125/2019,
de 2 de agosto), actuando en el ejercicio de su cargo en virtud de la delegación contenida en
el apartado primero de la Resolución de 13 de mayo de 2020, de la Secretaría General, por
la que se delega el ejercicio de competencias en materia de subvenciones (DOE n.º 92, de
14 de mayo), y en el ámbito de las competencias en materia de transportes atribuidas a la
Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda en virtud del Decreto del Presidente 16/2019,
de 1 de julio y del Decreto del Presidente 41/2021, de 2 de diciembre.
De otra parte, Antonio Rodríguez Osuna, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Mérida, cargo para el que fue elegido, mediante acuerdo plenario de constitución municipal, con fecha de
15 de junio de 2019, actuando en nombre y representación de la citada entidad en virtud de lo
establecido en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, una vez otorgada autorización del Pleno de la Corporación Municipal mediante
acuerdo adoptado en su sesión de fecha 20 de mayo de 2022.
Ambas partes, actuando de acuerdo con el principio de lealtad institucional y con respeto al
ejercicio legítimo por cada Administración de sus propias competencias, así como de conformidad con el principio de colaboración entre Administraciones Públicas, se reconocen capacidad jurídica suficiente para obligarse mediante el presente convenio, que se formaliza al
amparo del artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector