Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Notificaciones. (2022081274)
Anuncio de 28 de julio de 2022 sobre comunicación de retirada de derechos de pago básico para la campaña 2022.
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NÚMERO 154
Miércoles 10 de agosto de 2022

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ANUNCIO de 28 de julio de 2022 sobre comunicación de retirada de derechos
de pago básico para la campaña 2022. (2022081274)
Conforme a lo previsto en el resuelvo noveno de la Resolución de 26 de enero de 2022, de la
Secretaría General, por la que se convocan las ayudas de pago básico, pago para las personas
agricultoras que apliquen prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente,
pago suplementario para las personas que ostenten la condición de “joven agricultor/a”,
pago específico al algodón, régimen de “pequeños/as agricultores/as, pagos asociados a la
superficie y a la ganadería, y los pagos establecidos en función del Programa de Desarrollo
Rural de la Comunidad Autónoma de Extremadura, derivados, especialmente, del Reglamento
(UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013,
en lo que respecta a las medidas de desarrollo rural en el ámbito del sistema integrado,
campaña 2022/2023 y lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se realiza,
a los destinatarios relacionados en el anexo adjunto, la notificación de comunicaciones sobre
trámites de audiencia relativos a retirada de derechos de pago básico para 2022 a los titulares
de derechos, así como a los propietarios con derechos en régimen de arrendamiento.
De conformidad con el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se le concede un plazo de diez días
hábiles, a partir del siguiente al de la recepción de la presente comunicación, para que alegue
y presente, ante este Servicio gestor lo que a su derecho convenga.
Se ha habilitado en la plataforma ARADO, http://www.juntaex.es/con03/plataformas-arado-y-laboreo,
un trámite, “Alegaciones a Retirada de D.P.B.”, a través del que podrá presentar o que estime oportuno
de forma telemática. Se le recuerda la obligación que establece el artículo 4.6 de la Orden de 27
de enero de 2021 de la solicitud del régimen de pago básico y otras ayudas, campaña 2019/2020,
de relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite, los sujetos
relacionados en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 28 de julio de 2022. El Jefe de Servicio de Ayudas Sectoriales, DAVID GALAN MARRON.