Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022062381)
Resolución de 25 de julio de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para financiar el desarrollo del Programa de Formación Avanzada para Técnicos de Comercio Exterior 2021-2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 153
39020
Martes 9 de agosto de 2022
5.4.2. Publicidad:
En cumplimiento de los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, se procederá a publicar en el Diario Oficial de Extremadura tanto el extracto de esta convocatoria como la convocatoria en sí. La Base de
Datos Nacional de Subvenciones, dará traslado a dicho diario del extracto de la convocatoria para su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.8 a) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Extremadura Avante, SAP, publicará en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de
Subvenciones http://ciudadano.gobex.es/, las subvenciones concedidas con expresión
de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario,
cantidad concedida, finalidad o finalidades de la subvención, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
No será necesaria la publicación en el Diario Oficial de Extremadura cuando los importes
de las subvenciones concedidas, individualmente consideradas, sean de cuantía inferior
a 3.000 euros. En estos casos la concesión se hará pública mediante la exposición en el
tablón de anuncios que corresponda, independientemente de la notificación individual
que se realice a cada beneficiario.
Se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a través del Servicio que corresponda, la información sobre las convocatorias y las resoluciones de concesión en los
términos previsto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Tanto el listado de beneficiarios, como las ayudas concedidas, serán también publicados
en la web www.extremaduraavante.es.
5.4.3. Presupuesto anual:
El presupuesto anual previsto para esta actividad asciende a:
2021: En 2021 no está previsto realizar formación práctica.
2022:
* Formación práctica………………………...…….......….………….…………... 72.000,00 euros.
* Medios técnicos y humanos……………………….…....………………..…... 14.000,00 euros.
TOTAL: 86.000,00 euros.
39020
Martes 9 de agosto de 2022
5.4.2. Publicidad:
En cumplimiento de los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, se procederá a publicar en el Diario Oficial de Extremadura tanto el extracto de esta convocatoria como la convocatoria en sí. La Base de
Datos Nacional de Subvenciones, dará traslado a dicho diario del extracto de la convocatoria para su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.8 a) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Extremadura Avante, SAP, publicará en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de
Subvenciones http://ciudadano.gobex.es/, las subvenciones concedidas con expresión
de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario,
cantidad concedida, finalidad o finalidades de la subvención, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
No será necesaria la publicación en el Diario Oficial de Extremadura cuando los importes
de las subvenciones concedidas, individualmente consideradas, sean de cuantía inferior
a 3.000 euros. En estos casos la concesión se hará pública mediante la exposición en el
tablón de anuncios que corresponda, independientemente de la notificación individual
que se realice a cada beneficiario.
Se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a través del Servicio que corresponda, la información sobre las convocatorias y las resoluciones de concesión en los
términos previsto en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Tanto el listado de beneficiarios, como las ayudas concedidas, serán también publicados
en la web www.extremaduraavante.es.
5.4.3. Presupuesto anual:
El presupuesto anual previsto para esta actividad asciende a:
2021: En 2021 no está previsto realizar formación práctica.
2022:
* Formación práctica………………………...…….......….………….…………... 72.000,00 euros.
* Medios técnicos y humanos……………………….…....………………..…... 14.000,00 euros.
TOTAL: 86.000,00 euros.