Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022062392)
Resolución de 8 de julio de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, sobre modificación del proyecto de instalación de producción de energía eléctrica en régimen especial "Solabén 1", ubicada en el término municipal de Logrosán (Cáceres), cuya promotora es Solabén Electricidad Uno, SA. Expte.: IA22/0027.
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NÚMERO 151
Viernes 5 de agosto de 2022

38540

CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
RESOLUCIÓN de 8 de julio de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad,
sobre modificación del proyecto de instalación de producción de energía
eléctrica en régimen especial "Solabén 1", ubicada en el término municipal
de Logrosán (Cáceres), cuya promotora es Solabén Electricidad Uno, SA.
Expte.: IA22/0027. (2022062392)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Mediante Resolución de 16 de marzo de 2009, dictada por la entonces Dirección
General de Evaluación y Calidad Ambiental, se formuló declaración de impacto ambiental
favorable (DOE núm. 60, de 27 de marzo de 2009) para el proyecto consistente en la
construcción de una instalación de producción de energía eléctrica en régimen especial de 50
MW, a ubicar en el término municipal de Logrosán, provincia de Cáceres, siendo su promotora
Solabén Electricidad Uno, SA.
En virtud de Resolución de 20 de mayo de 2013, dictada por la extinta Dirección General de
Medio Ambiente, se otorgó autorización ambiental unificada para el proyecto de instalación de
producción de energía eléctrica en régimen especial (termosolar) de 50 MW, promovida por
Solabén Electricidad Seis, SA, en el término municipal de Logrosán.
En el anexo II, Declaración de Impacto Ambiental, de la Resolución de 20 de mayo de 2013,
se recoge un “Informe sobre aclaraciones a declaraciones de impacto ambiental”, el cual
establece respecto a la planta termosolar “Solabén 1”:
“La planta termosolar “Solabén 1” se encuentra ubicada en las parcelas 192, 193 y 195 del
polígono17 del término municipal de Logrosán (…)”.
Por tanto, la planta termosolar “Solabén 1” se ubica en los polígonos y parcelas precitados,
aunque, según indica el propio “Informe sobre aclaraciones a declaraciones de impacto
ambiental”, “dentro de las parcelas incluidas en las declaraciones de impacto ambiental de
los proyectos “Solabén1”, “Solabén 2” y “Nueva Solabén 3-Antigua Solabén 6”. El hecho
de que la instalación industrial objeto del presente informe comparta ubicación con otras
instalaciones, obedece a que en su día la promotora presentó una modificación de todos
los proyectos de plantas termosolares la cual implicó una modificación de los límites de
cada una de dichas plantas, modificación que la Dirección General de Medio Ambiente
consideró que no tenía efectos adversos sobre el medio ambiente.
Segundo. El objeto del proyecto consistió en la construcción de una instalación central
termosolar para la generación de energía eléctrica, con una potencia nominal de 50 MW,
utilizando la energía solar como única fuente de energía primaria.