Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Información Pública. (2022081191)
Anuncio de 8 de julio de 2022 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada del proyecto de instalaciones de almacenamiento y desmontaje de aparatos eléctricos y electrónicos, RAEE, promovido por la Sociedad Cooperativa Limitada Minusbarros, en el término municipal de Zafra (Badajoz).
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NÚMERO 151
Viernes 5 de agosto de 2022

38703

CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
ANUNCIO de 8 de julio de 2022 por el que se pone a disposición del público la
información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental
unificada del proyecto de instalaciones de almacenamiento y desmontaje
de aparatos eléctricos y electrónicos, RAEE, promovido por la Sociedad
Cooperativa Limitada Minusbarros, en el término municipal de Zafra (Badajoz).
(2022081191)

Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto-ley 3/2021,
de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y
para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) del proyecto de instalaciones de almacenamiento y desmontaje de aparatos eléctricos y electrónicos, RAEE, promovido por la Sociedad Cooperativa Limitada Minusbarros, en el término municipal de Zafra
(Badajoz), podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de
la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias
de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, previa cita solicitada a través del correo electrónico exp.sostenibilidad@juntaex.es.
Por otra parte, simultáneamente al periodo de información pública, la solicitud de AAU será
remitida por la Dirección General de Sostenibilidad al correspondiente Ayuntamiento, a fin de
solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos
aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16, punto 6 de
la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo.
Es órgano competente para la resolución del presente procedimiento la Dirección General de
Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y de conformidad con el artículo 4.1.e) del Decreto
170/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y el
Decreto 16/2022, de 2 de marzo, por el que se modifica el Decreto 170/2019, de 29 de octubre.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de
la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015,
la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean
obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias
urbanísticas.