Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022061839)
Resolución de 2 de junio de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Universidad Carlos III de Madrid y la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura sobre la realización de prácticas por parte del alumnado matriculado en las distintas modalidades de Máster Universitario.
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NÚMERO 123
Martes, 28 de junio de 2022
30288
f) A recibir, por parte de la entidad colaboradora, información de la normativa de seguridad
y prevención de riesgos laborales.
g) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y participación,
previa comunicación con antelación suficiente a la entidad colaboradora.
h) A
disponer de los recursos necesarios para el acceso de los estudiantes con discapacidad
a la tutela, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las prácticas en
igualdad de condiciones.
i) A conciliar, en el caso de los estudiantes con discapacidad, la realización de las prácticas
con aquellas actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con la situación de discapacidad.
j) Aquellos otros derechos previstos en la normativa vigente y/o en los correspondientes
Convenios de Cooperación Educativa suscritos por la Universidad y, en su caso, la entidad gestora de prácticas vinculada a la misma, con la entidad colaboradora.
2. A
simismo y, durante la realización de las prácticas académicas externas el alumnado deberá atender al cumplimiento de los siguientes deberes:
a) Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la universidad.
b) Conocer y cumplir el Proyecto Formativo de las prácticas siguiendo las indicaciones del
tutor asignado por la entidad colaboradora bajo la supervisión del tutor académico de la
universidad.
c) Mantener contacto con el tutor académico de la universidad durante el desarrollo de
la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así como
hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento intermedio y la memoria
final que le sean requeridos.
d) Incorporarse a la entidad colaboradora de que se trate en la fecha acordada, cumplir
el horario previsto en el proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento,
seguridad y prevención de riesgos laborales de la misma.
e) D
esarrollar el Proyecto Formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas con
la entidad colaboradora conforme a las líneas establecidas en el mismo.
f) Elaboración de la memoria final de las prácticas, prevista en el artículo 14 de este real
decreto y, en su caso, del informe intermedio.
Martes, 28 de junio de 2022
30288
f) A recibir, por parte de la entidad colaboradora, información de la normativa de seguridad
y prevención de riesgos laborales.
g) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y participación,
previa comunicación con antelación suficiente a la entidad colaboradora.
h) A
disponer de los recursos necesarios para el acceso de los estudiantes con discapacidad
a la tutela, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las prácticas en
igualdad de condiciones.
i) A conciliar, en el caso de los estudiantes con discapacidad, la realización de las prácticas
con aquellas actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con la situación de discapacidad.
j) Aquellos otros derechos previstos en la normativa vigente y/o en los correspondientes
Convenios de Cooperación Educativa suscritos por la Universidad y, en su caso, la entidad gestora de prácticas vinculada a la misma, con la entidad colaboradora.
2. A
simismo y, durante la realización de las prácticas académicas externas el alumnado deberá atender al cumplimiento de los siguientes deberes:
a) Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la universidad.
b) Conocer y cumplir el Proyecto Formativo de las prácticas siguiendo las indicaciones del
tutor asignado por la entidad colaboradora bajo la supervisión del tutor académico de la
universidad.
c) Mantener contacto con el tutor académico de la universidad durante el desarrollo de
la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así como
hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento intermedio y la memoria
final que le sean requeridos.
d) Incorporarse a la entidad colaboradora de que se trate en la fecha acordada, cumplir
el horario previsto en el proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento,
seguridad y prevención de riesgos laborales de la misma.
e) D
esarrollar el Proyecto Formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas con
la entidad colaboradora conforme a las líneas establecidas en el mismo.
f) Elaboración de la memoria final de las prácticas, prevista en el artículo 14 de este real
decreto y, en su caso, del informe intermedio.