Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022061837)
Resolución de 2 de junio de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo y la Sociedad Extremeña de Educación Matemática "Ventura Reyes Prósper" para la organización y desarrollo de la XXX edición del programa educativo "Olimpiada Matemática", en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 123
Martes, 28 de junio de 2022
30265
proyecto de financiación 20000557, de los Presupuestos Generales para 2022 de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. Dicha aportación económica será abonada a la S.E.E.M. de la siguiente forma:
a) Un 50%, es decir, cuatro mil setecientos cincuenta euros (4.750 €), a la firma del presente convenio, cuyo abono se propondrá por la Consejería de Educación y Empleo y se
hará efectivo por la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración
pública en el plazo que resulte de su sistema contable.
b) y el 50% restante, cuatro mil setecientos cincuenta euros (4.750 €), cuando se aporte
por la S.E.E.M. la justificación total de gastos establecida en el punto quinto de esta
estipulación.
4. D
e conformidad con lo dispuesto en el artículo 21, apartado 1 a), de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la S.E.E.M. está
exenta de prestar garantía por los pagos anticipados.
5. L
a S.E.E.M. justificará a la Consejería de Educación y Empleo las cantidades percibidas,
mediante la presentación de originales o fotocopias compulsadas de facturas y demás
documentos acreditativos de los gastos y pagos efectuados, antes del 15 de diciembre de
2022, junto con la Memoria de actividades realizadas. A estos efectos, serán justificables
los gastos realizados durante el ejercicio 2022 en todas las actividades recogidas en este
convenio, incluida la representación del alumnado extremeño en la Olimpiada Matemática
Nacional. En el caso de que la cantidad justificada fuese menor que la aportación estipulada
en el presente Convenio, conllevará la minoración de dicha diferencia en el segundo de los
pagos a efectuar.
Sexta. Compatibilidad.
La subvención prevista en este convenio será compatible con las que pudieran concederse por
cualquier Administración Pública o por otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
Séptima. Difusión y publicidad.
En la difusión de todas las acciones que se pongan en marcha para el desarrollo del presente
convenio: publicidad, comunicación, información, divulgación, etc, figurarán de forma expresa ambas instituciones firmantes, indicándose, además, el carácter público de la financiación
recibida.
Martes, 28 de junio de 2022
30265
proyecto de financiación 20000557, de los Presupuestos Generales para 2022 de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. Dicha aportación económica será abonada a la S.E.E.M. de la siguiente forma:
a) Un 50%, es decir, cuatro mil setecientos cincuenta euros (4.750 €), a la firma del presente convenio, cuyo abono se propondrá por la Consejería de Educación y Empleo y se
hará efectivo por la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración
pública en el plazo que resulte de su sistema contable.
b) y el 50% restante, cuatro mil setecientos cincuenta euros (4.750 €), cuando se aporte
por la S.E.E.M. la justificación total de gastos establecida en el punto quinto de esta
estipulación.
4. D
e conformidad con lo dispuesto en el artículo 21, apartado 1 a), de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la S.E.E.M. está
exenta de prestar garantía por los pagos anticipados.
5. L
a S.E.E.M. justificará a la Consejería de Educación y Empleo las cantidades percibidas,
mediante la presentación de originales o fotocopias compulsadas de facturas y demás
documentos acreditativos de los gastos y pagos efectuados, antes del 15 de diciembre de
2022, junto con la Memoria de actividades realizadas. A estos efectos, serán justificables
los gastos realizados durante el ejercicio 2022 en todas las actividades recogidas en este
convenio, incluida la representación del alumnado extremeño en la Olimpiada Matemática
Nacional. En el caso de que la cantidad justificada fuese menor que la aportación estipulada
en el presente Convenio, conllevará la minoración de dicha diferencia en el segundo de los
pagos a efectuar.
Sexta. Compatibilidad.
La subvención prevista en este convenio será compatible con las que pudieran concederse por
cualquier Administración Pública o por otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
Séptima. Difusión y publicidad.
En la difusión de todas las acciones que se pongan en marcha para el desarrollo del presente
convenio: publicidad, comunicación, información, divulgación, etc, figurarán de forma expresa ambas instituciones firmantes, indicándose, además, el carácter público de la financiación
recibida.