Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2022062012)
Resolución de 15 de junio de 2022, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa previa a la sociedad Ictio Solar Casiopea, SLU, para la instalación fotovoltaica "PF Ictio Alcántara", ubicada en el término municipal de Alcántara (Cáceres), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada. Expte.: GE-M/41/20.
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NÚMERO 123

30351

Martes, 28 de junio de 2022

Recorrido de la línea 45 kV: Polígono 6, parcelas 9002, 14 y 15; Polígono 7, parcelas 9004,
41, 9001, 9005, 38, 29, 31 y 30; Polígono 8, parcelas 90, 9002, 88, 86, 87 ,83, 9003, 34,
32, 33, 39, 44, 43, 42, 56, 68 y 74; Polígono 20, parcelas PD89G, 79, 85, 9010, 89, 105,
104, 106, 9003, 90, 91, 92 y 9008 polígono 4, parcelas 9002, 6, 9501, 7, 16, 8, 11 y 9,
polígono PD, parcela 7999 (referencia catastral 9791001PD7999S0001MZ).
— Presupuesto total de ejecución material del proyecto: 16.562.818,93 €.
— Finalidad: Instalación de producción de energía eléctrica solar fotovoltaica e infraestructura eléctrica de evacuación asociada.
La autorización administrativa previa se otorga bajo las siguientes condiciones:
La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley
24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo.
La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas,
organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
La Empresa, una vez finalizadas las instalaciones y realizadas las pruebas, ensayos y verificaciones de las mismas con resultado favorable, deberá solicitar la emisión de la correspondiente autorización de explotación.
La presente autorización se otorga sin perjuicio de terceros y dejando a salvo los derechos
particulares, e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia
municipal, provincial u otros, necesarios para la realización de las obras de las instalaciones.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad de acuerdo con lo establecido en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidad con el artículo 122 de dicha norma legal.
Mérida, 15 de junio de 2022.
El Director General de Industria,
Energía y Minas,
SAMUEL RUIZ FERNANDEZ