Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022061803)
Resolución de 31 de mayo de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, el Servicio Extremeño de Salud y el Instituto Superior de Formación Profesional Claudio Galeno, para la realización de prácticas de formación profesional de la rama sanitaria.
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NÚMERO 121
Viernes, 24 de junio de 2022

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El fin de la realización de estas prácticas es contribuir a la formación integral del alumnado,
complementando su aprendizaje teórico y práctico, y facilitar el conocimiento de la metodología de trabajo adecuada a la realidad profesional, así como favorecer el desarrollo de competencias técnicas, metodológicas, personales y participativas que los preparen para el ejercicio
de sus futuras actividades profesionales.
Segunda. Contenido y duración de las prácticas. Proyecto formativo.
La incorporación de cada estudiante a las prácticas reguladas en el presente convenio se
acompañará del correspondiente proyecto formativo conforme al modelo que se recoge como
Anexo, en el que se detallarán las condiciones particulares concretas de cada estancia práctica, atendiendo al correspondiente plan de estudios que corresponda a la titulación.
El Anexo recogerá el contenido concreto de las prácticas así como otros detalles correspondientes a: los datos personales del alumnado seleccionado, el Centro, Departamento o Unidad
en las Áreas de Salud del Servicio Extremeño de Salud donde se desarrollen las practicas, la
persona asignada para realizar la tutoría conjuntamente por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y el Servicio Extremeño de Salud, la persona encargada de la tutoría designada
por el Centro de Formación, las fechas de comienzo y finalización de las prácticas, el horario y
el contenido específico por cada uno de los alumnos y las alumnas participantes, tanto de las
tareas a realizar como las competencias básicas, genéricas y/o específicas que debe adquirir
el estudiante.
Las prácticas tendrán la duración mínima que establezca el plan de estudios correspondiente y
los horarios de realización de las prácticas se establecerán de acuerdo con las características
de estas y las disponibilidades de los centros sanitarios. En todo caso, se procurará que sean
compatibles con la actividad formativa, de representación y de participación desarrollada por
el estudiante.
Tercera. Condiciones generales para el desarrollo de las prácticas.
Para el desarrollo de las actividades estipuladas en este convenio se tendrán en cuenta las
siguientes condiciones:
1. L
 as partes se comprometen a colaborar en la organización, coordinación y realización de
las prácticas, bajo el principio de buena fe y confianza legítima, rigiéndose sus actuaciones
por los principios de cooperación y colaboración.
2. L
 as prácticas reguladas al amparo del presente convenio se desarrollarán en los edificios e
instalaciones en que se encuentran ubicados los distintos centros sanitarios dependientes
del Consejería de Sanidad y Servicios Sociales y el Servicio Extremeño de Salud (SES),