Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Organizaciones Agrarias. (2022AC0050)
Acuerdo de 21 de junio de 2022, de la Consejera, por el que se efectúa el nombramiento de las personas representantes de las organizaciones profesionales agrarias más representativas en el Consejo Asesor Agrario de Extremadura.
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NÚMERO 120
Jueves, 23 de junio de 2022

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de nombramiento de 1 miembro.
Dado que el artículo 291. 6 de la referida Ley Agraria de Extremadura dispone que el nombramiento de los nuevos representantes debe hacerse en un plazo máximo de dos meses desde
el día de celebración de la consulta y de conformidad con lo establecido en el artículo 291.1
de la citada Ley Agraria de Extremadura, las referidas organizaciones agrarias más representativas propusieron el nombramiento del número de miembros indicado anteriormente.
Por otra parte, la composición del CAEX debe garantizar la representación equilibrada de hombres y mujeres en los términos previstos en la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre
Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura.
Y finalmente, con respecto a las propuestas de nombramiento efectuadas por las citadas organizaciones, deben cumplir los requisitos de los representantes señalados en el artículo 292
de la referida Ley:
a) Estar inscritos en el censo como electores.
b) Estar afiliados a la organización proponente.
c) No desempeñar un cargo o puesto en las Administraciones públicas relacionado con la
agricultura, ganadería o silvicultura, ni haber sido inhabilitado para el ejercicio de las
funciones públicas o estar separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquier Administración pública.
d) No haber sido sancionados por infracciones administrativas firmes en vía administrativa
relacionadas con ayudas públicas, medio ambiente o agricultura, ganadería o silvicultura en los últimos cuatro años, ni estar condenados por sentencia firme por la comisión
de delitos relacionados con dichas materias durante el período que dure la pena. No haber sido sancionados por infracciones muy graves en el orden social en materia de Seguridad Social reguladas en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones
en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
En consecuencia, en el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas por medio del artículo 291.1 de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura procedo a realizar
el nombramiento de los siguientes miembros titulares y suplentes del Consejo Asesor Agrario
de Extremadura:
En representación de la coalición de organizaciones profesionales agrarias formada por la
Asociación Profesional de Agricultores y Ganaderos de Extremadura Jóvenes Agricultores y
Ganaderos, y la Asociación Profesional de Agricultores y Ganaderos- Asociación Agraria Jóve-