Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022061968)
Resolución de 13 de junio de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Mejora y modernización de la red de riego en la zona regable de Valdecañas (Sector IV)", cuya promotora es la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura, en los términos municipales de Casatejada y Saucedilla (Cáceres). Expte.: IA21/0982.
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NÚMERO 119
Miércoles, 22 de junio de 2022

29478

RESOLUCIÓN de 13 de junio de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Mejora y
modernización de la red de riego en la zona regable de Valdecañas (Sector
IV)", cuya promotora es la Secretaría General de Población y Desarrollo
Rural de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio
de la Junta de Extremadura, en los términos municipales de Casatejada y
Saucedilla (Cáceres). Expte.: IA21/0982. (2022061968)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª
de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto de “Mejora y modernización de la red de riego en la zona regable de Valdecañas
(Sector IV)”, a ejecutar en los términos municipales de Casatejada y Saucedilla (Cáceres), es
encuadrable en el Grupo 1, apartado d) punto 1.º del anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el Grupo I,
apartado c) punto 1.º de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental “Proyectos de consolidación y mejora de regadíos en una superficie superior a 100 ha (proyectos
no incluidos en los anexo IV o I)”.
La promotora del proyecto es la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del Decreto 170/2019, de
29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por otra parte, a la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural de la Consejería de
Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura, le corresponde la planificación de los recursos hidráulicos con interés agrario, dentro del ámbito de
las competencias propio de la Comunidad Autónoma. También las competencias derivadas de
la aplicación de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, en relación con las
actuaciones en materia de regadíos.