Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022061950)
Resolución de 10 de junio de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental de sometimiento a evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto "Parque Acuático", en las parcelas 70 y 71 del polígono 7 del término municipal de Casar de Cáceres. Expte.: IA21/0947.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 119
Miércoles, 22 de junio de 2022

29435

CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
Resolución de 10 de junio de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se formula informe de impacto ambiental de sometimiento a
evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto "Parque Acuático",
en las parcelas 70 y 71 del polígono 7 del término municipal de Casar de
Cáceres. Expte.: IA21/0947. (2022061950)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental
simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no tiene efectos
significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento al procedimiento
de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª de sección 2.ª del
capítulo VII, del título I, de la Ley, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente.
El proyecto “Parque Acuático” en el término municipal de Casar de Cáceres es encuadrable
en el apartado j) del grupo 9, del anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La promotora del proyecto es DAIMDON, SL, con CIF B02803195 y con domicilio fiscal en
c/ Sanguino Michel, 26, Entreplanta B, 10005, Cáceres
Es Órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del Decreto 170/2019, de
29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. Objeto, descripción y localización del proyecto.
El objeto del presente proyecto es la construcción de un Parque Acuático con atracciones
y edificaciones principales; edificaciones secundarias de servicios y de instalaciones junto
con las atracciones acuáticas y sus piscinas correspondientes. Igualmente, en el diseño se
incluyen piscinas de esparcimiento y un aparcamiento para todo tipo de vehículos.
La ubicación se propone en las parcelas 70 y 71 del polígono 7 de Casar de Cáceres. La
suma de las mismas alcanza la superficie de 98.377,75 m2 que será la utilizada para el
proyecto. Las parcelas tienen geometría irregular y presentan una topografía con una pendiente suave de Noreste al Suroeste.