Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022061757)
Resolución de 30 de mayo de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Acuerdo de prórroga y modificación del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Mancomunidad de Municipios Tajo-Salor en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica.
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NÚMERO 118
29162
Martes, 21 de junio de 2022
ACUERDO DE PRÓRROGA Y MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE
COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES
DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS TAJOSALOR EN LA PRESTACIÓN DE INFORMACIÓN, VALORACIÓN Y ORIENTACIÓN
DE LOS SERVICIOS SOCIALES DE ATENCIÓN SOCIAL BÁSICA.
Mérida, 30 de diciembre de 2021.
REUNIDOS
De una parte, Don José Mª Vergeles Blanca, Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad
y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, cargo para el que fue nombrado por Decreto
del Presidente 18/2019, de 1 de julio (DOE núm. 126, de 2 de julio), actuando en virtud de las
atribuciones que le confiere el artículo 36.a) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno
y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, previa autorización del
Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 21 de diciembre de 2021.
Y de otra, Doña Milagrosa Hurtado Marcos, Presidenta de la Mancomunidad de Municipios
Tajo-Salor, cargo para el que fue elegida con fecha de 23 de julio de 2019, actuando en virtud
de las atribuciones que le confieren los Estatutos por los que se rige dicha Mancomunidad.
En el ejercicio de las facultades propias de sus cargos, ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad legal necesaria para suscribir la presente prórroga y modificación del
convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero. Con fecha de 28 de enero de 2021, se suscribió convenio de colaboración entre la
Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Mancomunidad de
Municipios Tajo-Salor en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios
sociales de atención social básica.
Segundo. La cláusula décima relativa al periodo de vigencia del convenio establece que: “El
presente convenio entra en vigor el mismo día de su firma y sus efectos se extiende, conforme a su objeto, desde el día 1 de enero de 2021 hasta el día 31 de diciembre del 2021, y con
independencia del plazo de 15 de febrero de 2022 que regula la cláusula cuarta a efectos de
justificación por parte de la Mancomunidad.
En cualquier momento antes del 31 de diciembre de 2021, fecha de finalización del presente
convenio, las partes firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga en función de las
disponibilidades presupuestarias o su extinción. La prórroga del convenio podrá conllevar la
actualización de la financiación y compromisos económicos de cada parte firmante”.
29162
Martes, 21 de junio de 2022
ACUERDO DE PRÓRROGA Y MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE
COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES
DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS TAJOSALOR EN LA PRESTACIÓN DE INFORMACIÓN, VALORACIÓN Y ORIENTACIÓN
DE LOS SERVICIOS SOCIALES DE ATENCIÓN SOCIAL BÁSICA.
Mérida, 30 de diciembre de 2021.
REUNIDOS
De una parte, Don José Mª Vergeles Blanca, Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad
y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, cargo para el que fue nombrado por Decreto
del Presidente 18/2019, de 1 de julio (DOE núm. 126, de 2 de julio), actuando en virtud de las
atribuciones que le confiere el artículo 36.a) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno
y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, previa autorización del
Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 21 de diciembre de 2021.
Y de otra, Doña Milagrosa Hurtado Marcos, Presidenta de la Mancomunidad de Municipios
Tajo-Salor, cargo para el que fue elegida con fecha de 23 de julio de 2019, actuando en virtud
de las atribuciones que le confieren los Estatutos por los que se rige dicha Mancomunidad.
En el ejercicio de las facultades propias de sus cargos, ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad legal necesaria para suscribir la presente prórroga y modificación del
convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero. Con fecha de 28 de enero de 2021, se suscribió convenio de colaboración entre la
Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Mancomunidad de
Municipios Tajo-Salor en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios
sociales de atención social básica.
Segundo. La cláusula décima relativa al periodo de vigencia del convenio establece que: “El
presente convenio entra en vigor el mismo día de su firma y sus efectos se extiende, conforme a su objeto, desde el día 1 de enero de 2021 hasta el día 31 de diciembre del 2021, y con
independencia del plazo de 15 de febrero de 2022 que regula la cláusula cuarta a efectos de
justificación por parte de la Mancomunidad.
En cualquier momento antes del 31 de diciembre de 2021, fecha de finalización del presente
convenio, las partes firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga en función de las
disponibilidades presupuestarias o su extinción. La prórroga del convenio podrá conllevar la
actualización de la financiación y compromisos económicos de cada parte firmante”.