Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022061984)
Resolución de 14 de junio de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Ciencia e Innovación y del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, y la Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y de FUNDECYT, Parque Científico y Tecnológico de Extremadura, para la realización de actuaciones tendentes a la creación, equipamiento y puesta en marcha del Centro Ibérico de Investigación en Almacenamiento Energético, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 118
Martes, 21 de junio de 2022
29221
documento CEN-CENELEC CLC TR50600-99-1 “Instalaciones e infraestructuras de
centros de datos - Parte 99-1: Prácticas recomendadas para la gestión energética”.
— Al final de su vida útil, el equipo se someta a una preparación para operaciones
de reutilización, recuperación o reciclaje, o un tratamiento adecuado, incluida la
eliminación de todos los fluidos y un tratamiento selectivo de acuerdo con el Anexo VII de la Directiva 2012/19/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 4 de
julio de 2012 sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
— Las instalaciones de infraestructuras IT no afecten negativamente a las buenas
condiciones y la resiliencia de los ecosistemas ni al estado de conservación de los
hábitats y las especies, en particular los espacios de interés de la Unión. Por ello
cuando sea preceptivo, se realizará la Evaluación de Impacto medioambiental, de
acuerdo con lo establecido en la Directiva 2011/92/EU.
e) Los requisitos de pista de auditoría: obligación de guardar la trazabilidad de cada una de
las inversiones y cada uno de los perceptores finales de los fondos, así como de disponer
de un sistema que permita calcular y seguir el cumplimiento de objetivos y medición de
indicadores.
f) Las obligaciones de comunicación sobre la financiación comunitaria de las medidas incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
g) El sometimiento a las actuaciones de control de las instituciones comunitarias y nacionales, incluidas las que realice el Ministerio de Ciencia e Innovación.
h) L
a obligación de conservar la documentación vinculada a la actividad financiada por el
MRR de conformidad con el artículo 132 del Reglamento Financiero.
i) El suministro de la información se realizará en los términos que establezca el Ministerio
de Hacienda de conformidad con la normativa nacional y de la Unión Europea.
j) En relación con aquellas actuaciones que se subcontraten, se habrán de prever mecanismos para asegurar que los subcontratistas cumplan con el principio “no causar un
perjuicio significativo”.
k) Las partes del convenio deberán contribuir al objetivo de autonomía estratégica y digital
de la Unión Europea, así como garantizar la seguridad de la cadena de suministros teniendo en cuenta el contexto internacional y la disponibilidad de cualquier componente
o subsistema tecnológico sensible que pueda formar parte de la solución, mediante la
adquisición de equipos, componentes, integraciones de sistemas y software asociado a
proveedores ubicados en la Unión Europea.
Martes, 21 de junio de 2022
29221
documento CEN-CENELEC CLC TR50600-99-1 “Instalaciones e infraestructuras de
centros de datos - Parte 99-1: Prácticas recomendadas para la gestión energética”.
— Al final de su vida útil, el equipo se someta a una preparación para operaciones
de reutilización, recuperación o reciclaje, o un tratamiento adecuado, incluida la
eliminación de todos los fluidos y un tratamiento selectivo de acuerdo con el Anexo VII de la Directiva 2012/19/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 4 de
julio de 2012 sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
— Las instalaciones de infraestructuras IT no afecten negativamente a las buenas
condiciones y la resiliencia de los ecosistemas ni al estado de conservación de los
hábitats y las especies, en particular los espacios de interés de la Unión. Por ello
cuando sea preceptivo, se realizará la Evaluación de Impacto medioambiental, de
acuerdo con lo establecido en la Directiva 2011/92/EU.
e) Los requisitos de pista de auditoría: obligación de guardar la trazabilidad de cada una de
las inversiones y cada uno de los perceptores finales de los fondos, así como de disponer
de un sistema que permita calcular y seguir el cumplimiento de objetivos y medición de
indicadores.
f) Las obligaciones de comunicación sobre la financiación comunitaria de las medidas incluidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
g) El sometimiento a las actuaciones de control de las instituciones comunitarias y nacionales, incluidas las que realice el Ministerio de Ciencia e Innovación.
h) L
a obligación de conservar la documentación vinculada a la actividad financiada por el
MRR de conformidad con el artículo 132 del Reglamento Financiero.
i) El suministro de la información se realizará en los términos que establezca el Ministerio
de Hacienda de conformidad con la normativa nacional y de la Unión Europea.
j) En relación con aquellas actuaciones que se subcontraten, se habrán de prever mecanismos para asegurar que los subcontratistas cumplan con el principio “no causar un
perjuicio significativo”.
k) Las partes del convenio deberán contribuir al objetivo de autonomía estratégica y digital
de la Unión Europea, así como garantizar la seguridad de la cadena de suministros teniendo en cuenta el contexto internacional y la disponibilidad de cualquier componente
o subsistema tecnológico sensible que pueda formar parte de la solución, mediante la
adquisición de equipos, componentes, integraciones de sistemas y software asociado a
proveedores ubicados en la Unión Europea.