Consejería De Educación Y Empleo. Sentencias. Ejecución. (2022061977)
Resolución de 13 de junio de 2022, de la Secretaría General, por la que se dispone la ejecución de sentencia nº 1377/2021, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 4.ª, del Tribunal Supremo en el recurso de casación núm. 183/2020.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 117

28963

Lunes, 20 de junio de 2022

RESOLUCIÓN de 13 de junio de 2022, de la Secretaría General, por la que se
dispone la ejecución de sentencia n.º 1377/2021, dictada por la Sala de lo
Contencioso-administrativo, Sección 4.ª, del Tribunal Supremo en el recurso
de casación núm. 183/2020. (2022061977)
Por la Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 4.ª, del Tribunal Supremo se ha dictado
la sentencia n.º 1377/2021, de 25 de noviembre, en recurso de casación núm. 183/2020, seguido a instancias del Ayuntamiento de Malpartida de Plasencia contra la sentencia 376/2019,
de 30 de octubre, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior
de Justicia de Extremadura, en el recurso contencioso-administrativo 222/2019.
Dicha sentencia es firme, estimando la Sala el recurso de casación interpuesto por la demandante, debiéndose proceder a la ejecución de lo dispuesto en el fallo de la misma.
El artículo 9.1 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, establece que el órgano competente
realizará las actuaciones necesarias para llevar a cabo la ejecución de la resolución judicial,
dictando la correspondiente resolución en orden al cumplimento de la sentencia.
Por lo dispuesto este órgano,
RESUELVE:
Proceder a la ejecución del fallo de la sentencia n.º 1377/2021, de 25 de noviembre, dictada
por la Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 4.ª, del Tribunal Supremo dictada en recurso de casación núm. 183/2020, llevando a puro y debido efecto el fallo del mismo, siendo
el tenor literal el siguiente:
“Primero. Conforme a la jurisprudencia declarada en el Fundamento de Derecho Cuarto.1 de esta
sentencia, se estima el recurso de casación interpuesto por la defensa y representación procesal
del Ayuntamiento de Malpartida de Plasencia contra la sentencia 376/2019, de 30 de octubre,
dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el recurso contencioso-administrativo 222/2019, sentencia que se casa y anula.
Segundo. Se estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la defensa y representación procesal del Ayuntamiento de Malpartida de Plasencia contra la resolución de la
Consejera de Educación y Empleo de 14 de febrero de 2019, resolución que se anula, declarándose la obligación de la Junta de Extremadura de sufragar los gastos de conservación y
mantenimiento del CEIP Las Eras a los que se refiere el pleito seguido en la instancia.
Tercero. En cuanto a las costas, estese a lo declarado en el último Fundamento de Derecho”.
Mérida, 13 de junio de 2022.
El Secretario General
RUBÉN RUBIO POLO
•••