Consejería De Educación Y Empleo. Lista De Espera. Adjudicación De Destinos. (2022061894)
Resolución de 6 de junio de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se establece el procedimiento para la adjudicación de destino a las personas integrantes de las listas de espera ordinarias de los cuerpos docentes no universitarios dependientes de la Consejería de Educación y Empleo, las personas participantes en el proceso selectivo convocado por Resolución de 15 de febrero de 2022, y personas pendientes de la realización de la fase de prácticas para el curso escolar 2022/2023.
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NÚMERO 111
Viernes, 10 de junio de 2022
27353
especialidad correspondiente.
3.1.5. No se adjudicarán, en ningún caso:
a) Plazas correspondientes a la zona a la que la persona interina participante haya
renunciado.
b) Plazas no solicitadas, salvo que se haya optado por la adjudicación de oficio.
c) Plazas de carácter bilingüe a las personas integrantes de las listas de espera ordinarias
que, de conformidad con el Decreto 39/2014, de 18 de marzo, por el que se establecen los requisitos específicos de acreditación de la competencia lingüística en lengua
extranjera para impartir áreas, materias o módulos en los programas bilingües, y se
regula el procedimiento para obtener la correspondiente habilitación lingüística en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no cuenten con dicha habilitación a la fecha de la adjudicación inicial que se contempla en el apartado 3.2.1.
3.2. Fases de la adjudicación de destino.
3.2.1. Adjudicación inicial.
Por Resolución de la Dirección General de Personal Docente, se hará pública la adjudicación con carácter inicial, en la web https://profex.educarex.es.
3.2.2. Reclamaciones y renuncias.
a) En el plazo de tres días hábiles contados a partir de su publicación las personas
interesadas podrán presentar las reclamaciones que estimen convenientes.
b) En ese mismo plazo también podrán presentar las siguientes renuncias, sin que
sea necesario que concurra alguno de los supuestos justificativos previstos en el
artículo 15.5 del Decreto 51/2019 de 30 de abril:
— A la plaza adjudicada. Conllevará que la persona interesada quede reservada
en la lista ordinaria correspondiente durante el curso escolar 2022/2023.
— A la participación en este procedimiento y a la adjudicación de una plaza o
sustitución durante el curso escolar 2022/2023. Podrán presentarla todas las
personas integrantes de las listas de espera ordinarias, siendo indiferente si se
les ha adjudicado una plaza o no.
c) Las personas que deseen presentar la renuncia o reclamación tras la adjudicación
Viernes, 10 de junio de 2022
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especialidad correspondiente.
3.1.5. No se adjudicarán, en ningún caso:
a) Plazas correspondientes a la zona a la que la persona interina participante haya
renunciado.
b) Plazas no solicitadas, salvo que se haya optado por la adjudicación de oficio.
c) Plazas de carácter bilingüe a las personas integrantes de las listas de espera ordinarias
que, de conformidad con el Decreto 39/2014, de 18 de marzo, por el que se establecen los requisitos específicos de acreditación de la competencia lingüística en lengua
extranjera para impartir áreas, materias o módulos en los programas bilingües, y se
regula el procedimiento para obtener la correspondiente habilitación lingüística en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no cuenten con dicha habilitación a la fecha de la adjudicación inicial que se contempla en el apartado 3.2.1.
3.2. Fases de la adjudicación de destino.
3.2.1. Adjudicación inicial.
Por Resolución de la Dirección General de Personal Docente, se hará pública la adjudicación con carácter inicial, en la web https://profex.educarex.es.
3.2.2. Reclamaciones y renuncias.
a) En el plazo de tres días hábiles contados a partir de su publicación las personas
interesadas podrán presentar las reclamaciones que estimen convenientes.
b) En ese mismo plazo también podrán presentar las siguientes renuncias, sin que
sea necesario que concurra alguno de los supuestos justificativos previstos en el
artículo 15.5 del Decreto 51/2019 de 30 de abril:
— A la plaza adjudicada. Conllevará que la persona interesada quede reservada
en la lista ordinaria correspondiente durante el curso escolar 2022/2023.
— A la participación en este procedimiento y a la adjudicación de una plaza o
sustitución durante el curso escolar 2022/2023. Podrán presentarla todas las
personas integrantes de las listas de espera ordinarias, siendo indiferente si se
les ha adjudicado una plaza o no.
c) Las personas que deseen presentar la renuncia o reclamación tras la adjudicación