Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2022061841)
Resolución de 31 de mayo de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Nuevo Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Sikno Jewellery, SL".
34 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 111
Viernes, 10 de junio de 2022

27553

CONVENIO COLECTIVO
SIKNO JEWELLERY, SL, 2021-2024
CAPITULO I
Disposiciones generales.
Articulo 1. Ámbito Funcional y Territorial.
Personal: El ámbito del presente Convenio es de Empresa y regula las relaciones de trabajo
entre la Empresa SIKNO JEWELLERY, SL, y el personal laboral de su plantilla, con las excepciones señaladas en el RD. Leg. 1/1995, de 24 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores, en
sus artículos 1º-3-c y 2º1-a, f y g, a tenor de lo establecido en el Real Decreto 2/2015, de 23
de octubre, excluyéndose al personal adscrito al Grupo Profesional 7 y 8.
Territorial: Este convenio es de aplicación al centro de trabajo de la empresa Sikno Jewellery, SL.
Articulo 2. Vigencia, Duración y Prorroga.
El presente Convenio empezará a regir a partir del 1 de enero de 2021, siendo su duración
hasta el 31 de diciembre de 2024, independientemente de su publicación en el Boletín
correspondiente.
Se entenderá prorrogado su contenido normativo de año en año, salvo las cláusulas que
tengan vigencia determinada, mientras que por cualquiera de las partes no sea denunciado
con dos meses de antelación, en cuyo caso, deberán hacer una propuesta concreta sobre los
puntos y contenidos que sean susceptibles de revisión.
Artículo 3. Cómputo.
Las condiciones pactadas forman un todo orgánico e indivisible y a efectos de aplicación práctica esta será idéntica para todos los trabajadores/as según su grupo profesional.
Artículo 4. Integridad del Convenio.
El presente Convenio se aprueba en consideración a la integridad de sus prestaciones y contraprestaciones establecidas en el conjunto de su articulado; por consiguiente, cualquier variación sustancial de las mismas dará lugar a la revisión del Convenio, con el fin de mantener
el equilibrio de su contenido normativo.