Universidad De Extremadura. Pruebas Selectivas. (2022061817)
Resolución de 26 de mayo de 2022, de la Gerencia, por la que se convocan pruebas selectivas de promoción interna para ingreso en la Escala de Gestión Universitaria, mediante el sistema de concurso-oposición.
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NÚMERO 111
Viernes, 10 de junio de 2022
27459
a excepción, en su caso, de aquellos que obren ya en poder de la citada Área como consecuencia de la aportación realizada para su anterior nombramiento como funcionario
de carrera. Estos documentos deberán ser aportados mediante copia cotejada o, en
caso contrario, acompañada de los originales para su comprobación y posterior cotejo.
Asimismo y dentro del citado plazo deberá entregarse, debidamente cumplimentada la
declaración que figura como anexo IV de esta convocatoria.
9.2. Q
uienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran la
documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido
por falsedad en la solicitud inicial.
9.3. El Rectorado de la Universidad de Extremadura procederá al nombramiento de funcionarios de carrera mediante resolución, que se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
9.4. La toma de posesión de los aspirantes aprobados será efectuada en el plazo de un
mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el Diario Oficial
de Extremadura.
9.5. Teniendo en cuenta que los participantes en este proceso pertenecen ya a un Cuerpo
o Escala de funcionarios, se aplicará la normativa vigente sobre excedencia voluntaria
por prestación de servicios en el sector público al objeto de ocupar un único puesto de
trabajo, debiendo elegirse por los aspirantes aprobados el Cuerpo o Escala en que se
permanecerá en activo y en la que se pasará a la situación de excedencia voluntaria.
9.6. Asimismo, conservarán el grado personal que hubieran consolidado en el Cuerpo o Escala
de procedencia, siempre que se encuentre incluido en el intervalo de niveles correspondientes a la Escala a que accedan. El tiempo de servicios prestados en los de origen en
las anteriores condiciones será de aplicación, en su caso, para la consolidación de grado
personal en éste.
10. Normas finales.
10.1. Los aspirantes, por el hecho de participar en las pruebas selectivas, se someten a las
bases de esta convocatoria y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de
las reclamaciones o recursos pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las
dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como para la adopción
de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.
Viernes, 10 de junio de 2022
27459
a excepción, en su caso, de aquellos que obren ya en poder de la citada Área como consecuencia de la aportación realizada para su anterior nombramiento como funcionario
de carrera. Estos documentos deberán ser aportados mediante copia cotejada o, en
caso contrario, acompañada de los originales para su comprobación y posterior cotejo.
Asimismo y dentro del citado plazo deberá entregarse, debidamente cumplimentada la
declaración que figura como anexo IV de esta convocatoria.
9.2. Q
uienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran la
documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido
por falsedad en la solicitud inicial.
9.3. El Rectorado de la Universidad de Extremadura procederá al nombramiento de funcionarios de carrera mediante resolución, que se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
9.4. La toma de posesión de los aspirantes aprobados será efectuada en el plazo de un
mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el Diario Oficial
de Extremadura.
9.5. Teniendo en cuenta que los participantes en este proceso pertenecen ya a un Cuerpo
o Escala de funcionarios, se aplicará la normativa vigente sobre excedencia voluntaria
por prestación de servicios en el sector público al objeto de ocupar un único puesto de
trabajo, debiendo elegirse por los aspirantes aprobados el Cuerpo o Escala en que se
permanecerá en activo y en la que se pasará a la situación de excedencia voluntaria.
9.6. Asimismo, conservarán el grado personal que hubieran consolidado en el Cuerpo o Escala
de procedencia, siempre que se encuentre incluido en el intervalo de niveles correspondientes a la Escala a que accedan. El tiempo de servicios prestados en los de origen en
las anteriores condiciones será de aplicación, en su caso, para la consolidación de grado
personal en éste.
10. Normas finales.
10.1. Los aspirantes, por el hecho de participar en las pruebas selectivas, se someten a las
bases de esta convocatoria y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de
las reclamaciones o recursos pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las
dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como para la adopción
de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.