Universidad De Extremadura. Pruebas Selectivas. (2022061815)
Resolución de 26 de mayo de 2022, de la Gerencia, por la que se convocan pruebas selectivas de promoción interna para ingreso en la Escala Administrativa, mediante el sistema de concurso-oposición.
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NÚMERO 111
Viernes, 10 de junio de 2022

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las pruebas selectivas, además de indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, deberán presentar dentro del plazo referido en la base 3.3 c) de las presentes bases,
escrito en el que soliciten el tipo de adaptación que necesiten, así como resolución o certificado acreditativo de la discapacidad expedido por el Servicio Extremeño de Promoción
de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD). El Tribunal podrá recabar informe
y, en su caso, la colaboración de los órganos competentes de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
3.6. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento,
de oficio o a petición del interesado.
3.7. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro
del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo no se
admitirá ninguna petición de esa naturaleza.
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Gerente de la Universidad de Extremadura dictará, por delegación del Rector, resolución en el plazo máximo de dos meses
por la que se declarará aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos a
las pruebas selectivas. Esta resolución será publicada en el Diario Oficial de Extremadura
junto con la relación de los aspirantes excluidos con indicación de la causa de exclusión.
4.2. L
 os aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de
admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del
siguiente al de la publicación de la resolución para poder subsanar el defecto que haya
motivado la exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión,
justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente
excluidos de la realización de las pruebas.
En todo caso, al objeto de evitar errores, en el supuesto de producirse, y de posibilitar su
subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente no
sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además que sus nombres
figuran en la pertinente relación de admitidos.
4.3. En el término de quince días desde que termine el plazo de subsanación de errores, la
Gerencia publicará en el Diario Oficial de Extremadura, la resolución por la que se eleve
a definitivas las listas de admitidos y excluidos. En la misma se determinará el lugar y
fecha del comienzo de los ejercicios y, en su caso, orden de actuación de los aspirantes.