Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022061643)
Resolución de 23 de mayo de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Acuerdo de prórroga y actualización de la financiación, para el año 2022, del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y los Ayuntamientos de Cristina, Don Álvaro, Manchita, Mancomunidad Pantano de Alange, San Pedro de Mérida y Valverde de Mérida en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica.
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NÚMERO 111
Viernes, 10 de junio de 2022

27486

de Cristina, Don Álvaro, Manchita, San Pedro de Mérida, Valverde de Mérida y Mancomunidad
Pantano de Alange, en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios
sociales de atención social básica.
Segundo. La cláusula undécima relativa al periodo de vigencia del convenio establece que:
“El presente convenio entra en vigor el mismo día de su firma y sus efectos se extiende,
conforme a su objeto, desde el día 1 de enero de 2021 hasta el día 31 de diciembre del
2021, y con independencia del plazo de 15 de febrero de 2022 que regula la cláusula quinta
a efectos de justificación por parte del Ayuntamiento gestor.
En cualquier momento antes del 31 de diciembre de 2021, fecha de finalización del presente
convenio, las partes firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga en función de las
disponibilidades presupuestarias, o su extinción. La prórroga del convenio podrá conllevar la
actualización de la financiación y compromisos económicos de cada parte firmante”.
Todo ello de acuerdo con los artículos 3.1 g) y 4 del Decreto 99/2016, de 5 de julio, por el
que se regula la colaboración entre la Junta de Extremadura y las entidades locales en la
prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social
básica de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. Próxima a finalizar la vigencia del convenio suscrito, todas las partes están
interesadas en prorrogarlo para el año 2022, en los términos de las cláusulas que se recogen
en la parte dispositiva de este acuerdo y dentro del límite previsto en el artículo 49 letra h)
punto 2º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, con el
fin de garantizar la continuidad de la prestación de información, valoración y orientación de
los servicios sociales de atención social básica, que permita a su vez garantizar el derecho
subjetivo y universal de la ciudadanía de acceso al sistema público de servicios sociales
con objeto de promover el bienestar social y contribuir al pleno desarrollo de las personas
y la justicia social, de acuerdo con la Ley 14/2015, de 9 de abril, Servicios Sociales de
Extremadura.
Cuarto. Todas las partes consideran necesario la prórroga del convenio, en base a razones
de agilidad administrativa al ser un procedimiento más efectivo para seguir garantizando la
financiación de la prestación de información, valoración y orientación del servicio social de
atención social básica y con ello conseguir garantizar la continuidad de dicha prestación de
forma eficiente que mejore su calidad.
Quinto. La presente prórroga conlleva la actualización de la financiación y compromisos
económicos de cada parte firmante, de acuerdo con el incremento salarial aplicado para
el año 2021 a las retribuciones en concepto de personal tomadas como referencia para la