Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energías Renovables. Subvenciones. (2022040031)
Corrección de errores del Extracto de 30 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, sobre la convocatoria del Programa de incentivos 2 Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura.
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NÚMERO 40

10037

Lunes, 28 de febrero de 2022

CORRECCIÓN de errores del Extracto de 30 de diciembre de 2021, de la
Secretaría General, sobre la convocatoria del Programa de incentivos 2
Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable,
en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento, en
el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en
Extremadura. (2022040031)
BDNS(Identif.): 605912
BDNS(Identif.): 605913
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/605912)
Advertido errores en Extracto de la Resolución de 30 de diciembre de 2021, de la Secretaría
General, sobre la convocatoria del Programa de incentivos 2 Realización de instalaciones de
autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía,
con o sin almacenamiento, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Europeo, en Extremadura publicado en el Diario Oficial de Extremadura (DOE n.º 16, de 25 de
enero de 2022), se procede a efectuar la oportuna corrección.
En el apartado quinto, donde dice:
“El plazo de presentación de solicitudes comenzará a las 12 horas (a.m.) del día siguiente
de la publicación de la convocatoria y del extracto de la misma a que se refiere el artículo
16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura en el Diario Oficial de Extremadura, y concluirá el 31 de diciembre de 2023,
salvo que con anterioridad se hubiera agotado el crédito de la convocatoria, en cuyo caso
se estará a lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 12 del decreto de bases reguladoras
en cuanto a lista de reserva provisional”.
Debe decir:
“El plazo de presentación de solicitudes comenzará a las 13 horas del día siguiente de la
publicación de la convocatoria y del extracto de la misma a que se refiere el artículo 16
q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura en el Diario Oficial de Extremadura, y concluirá el 31 de diciembre de 2023,
salvo que con anterioridad se hubiera agotado el crédito de la convocatoria, en cuyo caso
se estará a lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 12 del decreto de bases reguladoras
en cuanto a lista de reserva provisional”.
Mérida, 15 de febrero de 2022.
La Secretaria General,
CONSUELO CERRATO CALDERA