Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Relación De Aprobados. Listas Definitivas. (2022060596)
Resolución de 24 de febrero de 2022, de la Dirección General de Función Pública, por la que se dispone la publicación de la relación definitiva de aprobados en las pruebas selectivas convocadas por Orden de 27 de diciembre de 2017, para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Técnico Especialidad Ingeniería Técnica Agrícola de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 39
Viernes, 25 de febrero de 2022

9832

Los/as aspirantes extranjeros que sean nacionales de la Unión Europea, y las personas
incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, y que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse
en España en régimen de estancia, deberán presentar copia auténtica del documento de
identidad o pasaporte y copia auténtica del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria.
Los familiares de nacionales de la Unión Europea deberán presentar una copia auténtica del
pasaporte, del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente
tarjeta o resguardo de haber solicitado la exención del visado y la correspondiente tarjeta.
También deberán presentar la documentación expedida por las autoridades competentes
que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o
nacional de la Unión Europea, con el que existe este vínculo, de que no está separado de
derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que e/lal aspirante vive a sus expensas
o está a su cargo.
2. L
 o/as aspirantes deberán someterse a un reconocimiento médico que determine su capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la Especialidad a la que opta.
A tales efectos, dentro del mismo plazo de 10 días hábiles, los/as aspirantes que formen
parte de la relación definitiva de aprobados en cada proceso selectivo, recibirán en el domicilio que hagan constar en su solicitud una citación para someterse a dicho reconocimiento
médico.
En el caso de que el informe dictamine que carece de la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la Especialidad, el/la aspirante no podrá ser nombrado
funcionario/a en prácticas, quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto a él/ella
se refiere.
El informe médico será confidencial, respetando en todo el curso del procedimiento los derechos de intimidad y su protección, sin que pueda ser utilizado para otra finalidad distinta.
3. L
 os/as aspirantes que hayan concurrido por el turno de discapacidad deberán presentar,
además de someterse al reconocimiento médico a que se hace referencia en el apartado
anterior, certificación de los órganos competentes que acredite tal condición y el grado de
discapacidad.
4. A
 nte la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados
anteriormente, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria
mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.