Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022060490)
Resolución de 10 de febrero de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de explotación de lombricultura o vermicompostaje, promovido por Abextre Abonos Orgánicos de Extremadura, SL, en el término municipal de Trujillo.
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NÚMERO 36
Martes, 22 de febrero de 2022

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2. E
 sta documentación estará a disposición de la DGS y de cualquier administración pública
competente en la propia instalación. La documentación referida a cada año natural deberá
mantenerse durante los tres años siguientes. Sin embargo, el registro electrónico deberá
mantenerse mientras dure la actividad.
3. E
 l titular de la instalación deberá contar con documentación que atestigüe cada salida de
residuos desde su instalación a un gestor autorizado.
4. E
 l titular de la instalación deberá presentar, con una frecuencia anual y antes del 1 de marzo, una memoria anual de las actividades de gestión de residuos del año anterior.
Residuos producidos:
5. E
 l titular de la instalación industrial deberá llevar un registro de la gestión de todos los
residuos generados:
a) Entre el contenido del registro de residuos no peligrosos deberá constar la cantidad,
naturaleza, identificación del residuo, origen y destino de los mismos.
Vertidos.
6. E
 n relación con la vigilancia de la afección de las aguas, junto con la documentación a entregar en el certificado del acta de puesta en servicio, el titular de la instalación propondrá
y justificará la ubicación de pozos testigos que permitan estudiar la evolución de la calidad
de las aguas subterráneas y la no afección de éstas debido a fugas de lixiviados o de infiltraciones desde los sistemas de almacenamiento de aguas residuales y de estiércoles.
Se planteará, junto con la localización de los puntos de muestreo, la periodicidad de los
controles analíticos precisos para estudiar la evolución de la calidad de las aguas y la no
afección de éstas debido al ejercicio de la actividad.
-i- Medidas a aplicar en situaciones anormales de explotación que puedan afectar
al medio ambiente.
Fugas, fallos de funcionamiento:
1. E
 n caso de incumplimiento de los requisitos establecidos en la AAU, el titular de la instalación industrial deberá:
a) Comunicarlo a la DGS en el menor tiempo posible, mediante correo electrónico o fax,
sin perjuicio de la correspondiente comunicación por vía ordinaria.
b) Adoptar las medidas necesarias para volver a la situación de cumplimiento en el plazo
más breve posible y para evitar la repetición del incidente.