Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Eléctrica. (2022060421)
Resolución de 7 de febrero de 2022, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a Edistribución Redes Digitales, SLU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Reforma de CD 46088 "D.Álvaro", sito en ctra. de Mérida, 13". Término municipal: Don Álvaro. Expte.: 06/AT-1788/18110.
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NÚMERO 34

8613

Viernes, 18 de febrero de 2022

Longitud: 0,010 kM.
Trazado: Ctra. Mérida, 13.
Centro transformación:
Tipo: Obra Civil.
Transformador: 250 kVA con relación 15,4-24-B1-B2.
Celdas: 2L+1P
Emplazamiento: Ctra. Mérida, 13.
Esta autorización administrativa previa, se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley
24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.
— La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente
autorización, sin la cual no podrán ser ejecutadas.
— La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas,
organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
El incumplimiento de las condiciones recogidas en esta resolución, por la declaración inexacta
de los datos suministrados o por cualquier otra causa que desvirtúe el objeto de la misma,
podrá suponer su revocación, previa instrucción del correspondiente procedimiento.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de
Transición Ecológica y Sostenibilidad, en un plazo no superior a un mes, conforme a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Badajoz, 7 de febrero de 2022.
El Jefe del Servicio de Ordenación
Industrial, Energética y Minera,
JUAN CARLOS BUENO RECIO