Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022060407)
Resolución de 8 de febrero de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula valoración ambiental sobre la modificación del proyecto de "Centro educativo, turístico, de investigación y sede de Fundación PHI Las Siete Fuentes", en el término municipal de Acebo. Expte.: IA21/0490.
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NÚMERO 33
Jueves, 17 de febrero de 2022

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naturales de interés comunitario inventariado. Para la realización del informe tuvo en consideración el Plan de Recuperación del Lince Ibérico (Lynx pardinus) en Extremadura (Orden
de 5 de mayo de 2016 del DOE n.º 90), el Plan de Recuperación de Macromia splendens en
Extremadura (Orden de 14 de noviembre de 2008. DOE n.º 235), el Plan de Conservación del
Hábitat de Oxygastra curtisii en Extremadura (Orden de 14 de noviembre de 2008. DOE n.º
235) y el Plan de Manejo de Gomphus graslinii en Extremadura (Orden de 14 de noviembre
de 2008. DOE n.º 235). Posteriormente realiza un análisis y valoración de la actividad, en la
que destaca que es fundamental preservar los arroyos y mantener las formaciones de ribera
para la conservación de los ecosistemas y especies animales asociadas. Siendo además la depuración y protección de las masas de aguas, a través de un saneamiento adecuado, una de
las principales medidas de conservación ambientales, que contribuyen a mantener y aumentar las poblaciones animales y ecosistemas. Finalmente informa favorablemente la actividad
solicitada, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable, directa o indirectamente,
a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre que se cumplan unas condiciones que
se han incorporado en la presente resolución.
La sección de Patrimonio Histórico-Artístico de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y
Patrimonio Cultural formula informe con fecha 15 de diciembre de 2021, en el que comunica
que en las proximidades de la zona de actuación se localizan yacimientos arqueológicos de diversas cronologías y numerosos elementos de interés etnográfico que indican una ocupación
intensa de la zona durante diferentes períodos históricos. Finaliza informando favorablemente
condicionado al estricto cumplimiento de una medida incorporada en la presente resolución.
Confederación Hidrográfica del Tajo formula informe con fecha 2 de noviembre de 2021, en
el que comunica que la actividad se desarrolla dentro de la zona sensible del área de captación del “Embalse de Rivera de Gata – ESCM2009” y de la zona de influencia de vida piscícola
“Rivera de Acebo – ZPECPECES_0015”, recogidas oficialmente en el PHT 2015-2021. También
comunica que, según la cartografía y la documentación presentada, las actuaciones previstas
atraviesan el regato del Pilar. Posteriormente realiza una serie de indicaciones en el ámbito de
las competencias de esa Confederación y que se han incorporado en la presente resolución.
El Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Dirección General de Política Forestal emite informe con fecha 3 de febrero de 2022, en el que comunica que, de los 1.529,12 m de
longitud de la tubería, 815 m discurren por el Monte de Utilidad Pública n.º 150. El proyecto
afecta a terreno público a excepción de la parcela particular a la cual se pretende dar servicio. Dentro de este terreno público hay dos zonas bien diferenciadas: una que transcurre por
caminos públicos (parcelas 9008 y 9003, polígono 10) hasta las coordenadas aproximadas
ETRS 89, huso 29 X: 694526 Y: 4451648, en las cuales se inicia terrenos pertenecientes al
Monte de Utilidad Pública N.º 150 “Egidos de Acebo”, propiedad del municipio de Acebo. La
longitud total del trazado de la tubería es de 1.529,12 m, de los cuales, 714,12 m pasan por