Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022060403)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación avícola de cebo de pollos promovida por Manuel Mancha Galea, en el término municipal de Puebla de la Reina (Badajoz).
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NÚMERO 33
Jueves, 17 de febrero de 2022

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Vertidos:
6. E
 n relación con la vigilancia de la afección de las aguas, junto con la documentación a entregar en el certificado del acta de puesta en servicio, el titular de la instalación propondrá
y justificará la ubicación de pozos testigos que permitan estudiar la evolución de la calidad
de las aguas subterráneas y la no afección de éstas debido a fugas de lixiviados o de infiltraciones desde los sistemas de almacenamiento de aguas residuales y de estiércoles.
Se planteará, junto con la localización de los puntos de muestreo, la periodicidad de los
controles analíticos precisos para estudiar la evolución de la calidad de las aguas y la no
afección de éstas debido al ejercicio de la actividad.
7. Evaluación del funcionamiento del sistema de almacenamiento de estiércoles y aguas de
limpieza de las naves, donde deberá registrarse y controlar:
— El nivel de llenado de las balsas.
— La existencia de fugas.
Mejores Técnicas Disponibles (MTDs):
8. El titular de la explotación comunicará a la autoridad competente de la comunidad autónoma las mejores técnicas disponibles, empleadas para la reducción de emisiones de gases
contaminantes y de gases de efecto invernadero durante el año anterior, con arreglo a los
plazos establecidos en el apartado 2.f) de la disposición final séptima del Real Decreto
637/2021, de 27 de julio, por el que se establecen las normas básicas de ordenación de
las granjas avícolas. Posteriormente deberán presentar anualmente, antes del 1 de marzo
de cada año, una declaración anual de las mejores técnicas disponibles aplicadas en su explotación durante el año anterior, siempre que se hayan incorporado nuevas o modificado
las existentes, conforme a lo que establece el artículo 13 del Real Decreto 637/2021, en el
formato que determine la autoridad competente de la comunidad autónoma.
9. Los requisitos relativos a la comunicación de las mejores técnicas disponibles que establece
el apartado 3 del artículo 13 del Real Decreto 637/2021, así como los requisitos relativos
al registro y contabilización de emisiones y mejores técnicas disponibles que establece el
artículo 13, entrarán en vigor a partir del 1 de julio de 2022.
- i - Prescripciones finales.
1. Según el artículo 17 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la autorización ambiental unificada objeto de la presente resolución tendrá una vigencia indefinida, sin perjuicio de la necesidad de obtener