Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Información Pública. (2022080153)
Anuncio de 27 de enero de 2022 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada y el estudio de impacto ambiental, del proyecto de centro de tipificación de corderos, solicitado por Félix Alegre Fernández en el término municipal de Peraleda de la Mata.
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NÚMERO 32
Miércoles, 16 de febrero de 2022

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ANUNCIO de 27 de enero de 2022 por el que se pone a disposición del
público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización
ambiental unificada y el estudio de impacto ambiental, del proyecto de centro
de tipificación de corderos, solicitado por Félix Alegre Fernández en el término
municipal de Peraleda de la Mata. (2022080153)
Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto-ley 3/2021,
de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y
para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y a la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se comunica al público en general que la solicitud
de Autorización Ambiental Unificada (AAU) y el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto
de centro de tipificación de corderos, solicitado por Félix Alegre Fernández, en el término
municipal de Peraleda de la Mata (Cáceres), podrá ser examinada, durante 30 días hábiles, a
contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de
Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería
para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, Avenida Valhondo, s/n de Mérida.
Por otra parte, simultáneamente al periodo de información pública, la solicitud de AAU y el
Estudio de Impacto Ambiental será remitida por la Dirección General de Sostenibilidad al
correspondiente Ayuntamiento, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de
la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de
lo dispuesto en el artículo 16, punto 6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el
Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el artículo 31 y en la disposición
transitoria segunda del Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el artículo
2.3 del TRLEIA, el órgano competente para la resolución de la presente solicitud y formular
la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) es la Dirección General de Sostenibilidad de la
Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
Estas dos figuras administrativas autorizan y condicionan la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley
16/2015 y al artículo 12.1 del TRLEIA, la AAUN y la DIA, precederán, en su caso, a las demás
autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones
sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.