Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Transporte Por Carretera. (2022060410)
Resolución de 3 de febrero de 2022, de la Dirección General de Transportes, por la que se determina la fecha, hora y lugar de celebración, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de los exámenes destinados a la obtención del certificado de competencia profesional (CCP) para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera, convocados mediante Orden de 23 de agosto de 2021, y se establece la composición del Tribunal calificador.
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NÚMERO 31
Martes, 15 de febrero de 2022

7803

CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y VIVIENDA
RESOLUCIÓN de 3 de febrero de 2022, de la Dirección General de
Transportes, por la que se determina la fecha, hora y lugar de celebración,
en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de los exámenes
destinados a la obtención del certificado de competencia profesional (CCP)
para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera, convocados
mediante Orden de 23 de agosto de 2021, y se establece la composición del
Tribunal calificador. (2022060410)
En virtud de la Orden de 23 de agosto de 2021 (publicada en el Diario Oficial de
Extremadura n.º 168, de 31 de agosto), se convocan, en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, exámenes destinados a la obtención del certificado de
competencia profesional (CCP) para el ejercicio de la profesión de transportista por
carretera, a celebrar en el año 2021, con señalamiento de plazo de presentación de
solicitudes dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la
convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
En su dispositivo tercero, se faculta a la Directora General de Transportes para dictar, en el
ámbito de sus competencias, cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de la orden, incluidas las modificaciones que fuere preciso introducir en los términos de
la solicitud, así como para determinar la fecha, horario y lugar de realización de las pruebas,
en uno o más llamamientos independientes, y adoptar cuantos actos requiera la tramitación
del procedimiento.
Asimismo, en su base séptima, se establece que la fecha, hora y lugar de realización del
examen, así como la composición del Tribunal calificador, se determinarán mediante Resolución de la Dirección General de Transportes, la cual se publicará en el Diario Oficial de
Extremadura.
En cumplimiento de ello, y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 6.1,
letras a) y b) del Decreto 167/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda,