Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022060104)
Resolución de 30 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina promovida por María Ángeles Jiménez Vizuete, en el término municipal de Maguilla (Badajoz).
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NÚMERO 14
Viernes, 21 de enero de 2022
3823
2. L
os animales dispondrán de un patio de ejercicio con una superficie de 950 m2. La duración
de la estancia de los cerdos en estas superficies no superará los 9 meses al año, permaneciendo el resto del tiempo en periodo de descanso y regeneración. El patio compartirá
saneamiento con las naves de cebo.
El manejo de los animales en los patios deberá cumplir los siguientes requisitos:
— El arbolado que se encuentre en los patios de ejercicio se protegerá de la incidencia directa por parte de los animales, protegiendo tanto el tronco como las raíces con piedra
y mallazo.
— Con el fin de mejorar la posible erosión y degradación del suelo, se procederá a la siembra de pradera y leguminosa en los periodos de descanso de los patios
— En los periodos de mayor pluviometría para evitar el arrastre de las deyecciones por el
agua y la erosión de los patios, se recluirán los animales en las naves de secuestro.
3. No se permitirá la construcción o formación de balsas o fosas para la recogida de aguas de
limpieza, deyecciones o cualquier otra agua residual procedentes de las naves de secuestro, corrales y patios de ejercicio, distintas de las descritas en el apartado a.2).
4. Quincenalmente se procederá a la retirada de deyecciones y limpieza de suelos, comederos
y bebederos. No obstante, al final de cada ciclo se realizarán vaciados sanitarios de las
instalaciones que albergan los animales.
5. Los vestuarios del personal de la explotación se ubicarán antes de la zona de producción,
con una separación clara entre la zona sucia y la zona limpia. Deberán contar con medios
suficientes para el lavado de las manos, así como váter, ducha o equivalente. Deberán
disponer de un sistema de saneamiento independiente, para las aguas generadas en los
mismos, que terminará en una fosa estanca e impermeable, con capacidad suficiente.
A los efectos de proteger adecuadamente la calidad de las aguas que conforman el
Dominio Público Hidráulico (DPH), habrá de observarse el cumplimiento de las siguientes
prescripciones:
• El depósito para almacenamiento de aguas residuales se ubicará a más de 100 metros
del DPH.
• Se deberá garantizar la completa estanqueidad del referido depósito mediante el correspondiente certificado suscrito por técnico competente y visado por el colegio profesional
correspondiente.
• En la parte superior del depósito se instalará una tubería de ventilación al objeto de facilitar la salida de gases procedentes de la fermentación anaerobia.
Viernes, 21 de enero de 2022
3823
2. L
os animales dispondrán de un patio de ejercicio con una superficie de 950 m2. La duración
de la estancia de los cerdos en estas superficies no superará los 9 meses al año, permaneciendo el resto del tiempo en periodo de descanso y regeneración. El patio compartirá
saneamiento con las naves de cebo.
El manejo de los animales en los patios deberá cumplir los siguientes requisitos:
— El arbolado que se encuentre en los patios de ejercicio se protegerá de la incidencia directa por parte de los animales, protegiendo tanto el tronco como las raíces con piedra
y mallazo.
— Con el fin de mejorar la posible erosión y degradación del suelo, se procederá a la siembra de pradera y leguminosa en los periodos de descanso de los patios
— En los periodos de mayor pluviometría para evitar el arrastre de las deyecciones por el
agua y la erosión de los patios, se recluirán los animales en las naves de secuestro.
3. No se permitirá la construcción o formación de balsas o fosas para la recogida de aguas de
limpieza, deyecciones o cualquier otra agua residual procedentes de las naves de secuestro, corrales y patios de ejercicio, distintas de las descritas en el apartado a.2).
4. Quincenalmente se procederá a la retirada de deyecciones y limpieza de suelos, comederos
y bebederos. No obstante, al final de cada ciclo se realizarán vaciados sanitarios de las
instalaciones que albergan los animales.
5. Los vestuarios del personal de la explotación se ubicarán antes de la zona de producción,
con una separación clara entre la zona sucia y la zona limpia. Deberán contar con medios
suficientes para el lavado de las manos, así como váter, ducha o equivalente. Deberán
disponer de un sistema de saneamiento independiente, para las aguas generadas en los
mismos, que terminará en una fosa estanca e impermeable, con capacidad suficiente.
A los efectos de proteger adecuadamente la calidad de las aguas que conforman el
Dominio Público Hidráulico (DPH), habrá de observarse el cumplimiento de las siguientes
prescripciones:
• El depósito para almacenamiento de aguas residuales se ubicará a más de 100 metros
del DPH.
• Se deberá garantizar la completa estanqueidad del referido depósito mediante el correspondiente certificado suscrito por técnico competente y visado por el colegio profesional
correspondiente.
• En la parte superior del depósito se instalará una tubería de ventilación al objeto de facilitar la salida de gases procedentes de la fermentación anaerobia.