Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022060104)
Resolución de 30 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina promovida por María Ángeles Jiménez Vizuete, en el término municipal de Maguilla (Badajoz).
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NÚMERO 14
Viernes, 21 de enero de 2022
3834
– Se buscarán los momentos de máximas necesidades de los cultivos. No se harán
en suelos con pendientes superiores al 10%, ni en suelos inundados o encharcados, ni antes de regar, ni cuando el tiempo sea lluvioso. Se dejará sin abonar una
franja de 100 m de ancho alrededor de todos los cursos de agua. No se aplicarán
a menos de 300 m de una fuente, pozo o embalse que suministre agua para el
consumo humano. No se aplicará de forma que cause olores u otras molestias a los
vecinos. La distancia mínima para la aplicación del purín sobre el terreno, respecto
de núcleos de población será de 1.000 m.
–
Se dispondrán las medidas necesarias para evitar fenómenos de lixiviación y
arrastre al sistema fluvial. Bajo ningún concepto se procederá al vertido directo de
purines a la red de saneamiento y a cauces públicos.
2. Tratamiento y gestión de otros residuos y subproductos animales. Los residuos generados en el desarrollo de la actividad deberán ser gestionados conforme a lo establecido en la Ley 22/2011, de 28 de julio de residuos y suelos contaminados. La gestión
de residuos deberá ser realizada por empresas que estén registradas conforme a lo
establecido en la Ley 22/2011.
Los residuos peligrosos generados en las instalaciones deberán envasarse, etiquetarse
y almacenarse conforme a lo establecido en la normativa vigente y normas técnicas
de aplicación. El tiempo máximo para el almacenamiento de residuos peligrosos no
superará los seis meses.
La eliminación de los cadáveres se efectuará conforme a las disposiciones del Reglamento (CE) n.º 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de octubre
de 2009 por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos
animales y los productos derivados no destinados al consumo humano y por el Reglamento (UE) n.º 142/2011, de la Comisión de 25 de febrero de 2011. Se observará
que el almacenamiento de los cadáveres se realice en condiciones óptimas y fuera del
recinto de la instalación.
3. Medidas de protección. El plan de manejo de los animales será en régimen intensivo
en naves y patio de ejercicio, disponiendo para ello de un patio de 950 m2.
El manejo de los animales en los patios deberá cumplir los siguientes requisitos:
– El arbolado que se encuentre en los patios de ejercicio se protegerá de la incidencia directa por parte de los animales, protegiendo tanto el tronco como las raíces
con piedra y mallazo.
Viernes, 21 de enero de 2022
3834
– Se buscarán los momentos de máximas necesidades de los cultivos. No se harán
en suelos con pendientes superiores al 10%, ni en suelos inundados o encharcados, ni antes de regar, ni cuando el tiempo sea lluvioso. Se dejará sin abonar una
franja de 100 m de ancho alrededor de todos los cursos de agua. No se aplicarán
a menos de 300 m de una fuente, pozo o embalse que suministre agua para el
consumo humano. No se aplicará de forma que cause olores u otras molestias a los
vecinos. La distancia mínima para la aplicación del purín sobre el terreno, respecto
de núcleos de población será de 1.000 m.
–
Se dispondrán las medidas necesarias para evitar fenómenos de lixiviación y
arrastre al sistema fluvial. Bajo ningún concepto se procederá al vertido directo de
purines a la red de saneamiento y a cauces públicos.
2. Tratamiento y gestión de otros residuos y subproductos animales. Los residuos generados en el desarrollo de la actividad deberán ser gestionados conforme a lo establecido en la Ley 22/2011, de 28 de julio de residuos y suelos contaminados. La gestión
de residuos deberá ser realizada por empresas que estén registradas conforme a lo
establecido en la Ley 22/2011.
Los residuos peligrosos generados en las instalaciones deberán envasarse, etiquetarse
y almacenarse conforme a lo establecido en la normativa vigente y normas técnicas
de aplicación. El tiempo máximo para el almacenamiento de residuos peligrosos no
superará los seis meses.
La eliminación de los cadáveres se efectuará conforme a las disposiciones del Reglamento (CE) n.º 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de octubre
de 2009 por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos
animales y los productos derivados no destinados al consumo humano y por el Reglamento (UE) n.º 142/2011, de la Comisión de 25 de febrero de 2011. Se observará
que el almacenamiento de los cadáveres se realice en condiciones óptimas y fuera del
recinto de la instalación.
3. Medidas de protección. El plan de manejo de los animales será en régimen intensivo
en naves y patio de ejercicio, disponiendo para ello de un patio de 950 m2.
El manejo de los animales en los patios deberá cumplir los siguientes requisitos:
– El arbolado que se encuentre en los patios de ejercicio se protegerá de la incidencia directa por parte de los animales, protegiendo tanto el tronco como las raíces
con piedra y mallazo.