Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022060104)
Resolución de 30 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para explotación porcina promovida por María Ángeles Jiménez Vizuete, en el término municipal de Maguilla (Badajoz).
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NÚMERO 14
Viernes, 21 de enero de 2022

3815

CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2021, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para
explotación porcina promovida por María Ángeles Jiménez Vizuete, en el
término municipal de Maguilla (Badajoz). (2022060104)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 11 de agosto de 2020 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU) para la ampliación de
una explotación porcina de cebo en régimen intensivo en el término municipal de Maguilla y
promovida por María Ángeles Jiménez Vizuete con domicilio social en c/ Hernán Cortés, n.º
16, CP 06939 de Maguilla (Badajoz).
Segundo. El proyecto consiste en la ampliación de una explotación porcina de cebo en régimen intensivo con capacidad de 1.000 cerdos cebo. Esta actividad está incluida en el ámbito
de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.2 del anexo II.
La explotación se ubicará en las parcelas 111, 214 y 215 del polígono 11, del término municipal de Maguilla, con una superficie de 4,5 Has. Las características esenciales del proyecto se
describen en la presente resolución.
Tercero. Con fecha 3 de septiembre de 2020, el órgano ambiental publica anuncio en su sede
electrónica, poniendo a disposición del público, durante un plazo de 10 días, la información
relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 16/2015 de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tras la modificación introducida en la misma por la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración
más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General de Sostenibilidad
(DGS) promovió la participación real y efectiva de las personas interesadas, en todo caso de
los vecinos inmediatos con fecha 13 de octubre de 2020.
Quinto. Con fechas 28 de abril de 2021, se remite copia del expediente al Ayuntamiento de
Maguilla, en el que se le indicaba que disponía de un plazo de 20 días desde la recepción del
expediente, para remitir un informe técnico que se pronunciara sobre la adecuación de la instalación a todas aquellas materias de competencia municipal, de conformidad con lo dispuesto