Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022060133)
Resolución de 17 de enero de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación y Empleo y Juan Manuel Cancio Martínez, para el ciclo formativo de Grado Medio de Instalaciones Eléctricas y Automáticas en el IES Eugenio Hermoso de Fregenal de la Sierra.
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NÚMERO 14
3799
Viernes, 21 de enero de 2022
CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE
LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y JUAN MANUEL CANCIO
MARTÍNEZ, PARA EL CICLO FORMATIVO DE GRADO MEDIO DE
INSTALACIONES ELÉCTRICAS Y AUTOMÁTICAS EN EL IES EUGENIO
HERMOSO DE FREGENAL DE LA SIERRA.
Mérida, 26 de noviembre de 2021.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la
Junta de Extremadura, don Rubén Rubio Polo, cargo para el que fue nombrado por Decreto
151/2015, de 10 de julio (DOE núm. 1 (extra) de 11 de julio), en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE núm. 223, de
19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
Y de otra, la empresa Juan Manuel Cancio Martínez, con NIF ****62*** y domicilio fiscal en
Calle San Antonio, núm. 17 A, código postal 06340 Fregenal de la Sierra, Badajoz, con teléfono de contacto _________, correo electrónico ______________ y Don Juan Manuel Cancio
Martínez, como representante de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
Primero. Que el objetivo del presente convenio es la colaboración entre las entidades a las
que representan para el desarrollo de un proyecto de Formación Profesional Dual en el sistema educativo.
Segundo. Que el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía
Sostenible insta a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con
las empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de
módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para
garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].
Tercero. Que el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la Formación Profesional
Dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación Profesional Dual del sistema educativo, el
marco para el desarrollo de proyectos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo,
con la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.
3799
Viernes, 21 de enero de 2022
CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE
LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y JUAN MANUEL CANCIO
MARTÍNEZ, PARA EL CICLO FORMATIVO DE GRADO MEDIO DE
INSTALACIONES ELÉCTRICAS Y AUTOMÁTICAS EN EL IES EUGENIO
HERMOSO DE FREGENAL DE LA SIERRA.
Mérida, 26 de noviembre de 2021.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la
Junta de Extremadura, don Rubén Rubio Polo, cargo para el que fue nombrado por Decreto
151/2015, de 10 de julio (DOE núm. 1 (extra) de 11 de julio), en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE núm. 223, de
19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
Y de otra, la empresa Juan Manuel Cancio Martínez, con NIF ****62*** y domicilio fiscal en
Calle San Antonio, núm. 17 A, código postal 06340 Fregenal de la Sierra, Badajoz, con teléfono de contacto _________, correo electrónico ______________ y Don Juan Manuel Cancio
Martínez, como representante de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
Primero. Que el objetivo del presente convenio es la colaboración entre las entidades a las
que representan para el desarrollo de un proyecto de Formación Profesional Dual en el sistema educativo.
Segundo. Que el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía
Sostenible insta a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con
las empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de
módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para
garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].
Tercero. Que el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la Formación Profesional
Dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación Profesional Dual del sistema educativo, el
marco para el desarrollo de proyectos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo,
con la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.