Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Transporte De Viajeros. Subvenciones. (2021064101)
Resolución de 28 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera, para el año 2022.
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NÚMERO 13
3681
Jueves, 20 de enero de 2022
Duodécimo. Eficacia de la resolución de convocatoria y recursos.
1. L
a presente Resolución producirá efectos desde el día siguiente a la publicación simultánea
en el Diario Oficial de Extremadura de la misma y del extracto previsto en el artículo 20.8
a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, siempre que ésta se
produzca con posterioridad al día 31 de diciembre de 2021, y desde el día 1 de enero de
2022 en caso contrario, hasta el día 31 de diciembre de 2022 en ambos casos, sin perjuicio
de lo establecido en el dispositivo undécimo.
2. Contra la presente resolución de convocatoria las personas interesadas podrán interponer
recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería competente en materia de transportes en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del
presente acto en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con el artículo 122 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 28 de diciembre de 2021.
La Secretaria Genera,
MARÍA LUISA CORRALES VÁZQUEZ
3681
Jueves, 20 de enero de 2022
Duodécimo. Eficacia de la resolución de convocatoria y recursos.
1. L
a presente Resolución producirá efectos desde el día siguiente a la publicación simultánea
en el Diario Oficial de Extremadura de la misma y del extracto previsto en el artículo 20.8
a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, siempre que ésta se
produzca con posterioridad al día 31 de diciembre de 2021, y desde el día 1 de enero de
2022 en caso contrario, hasta el día 31 de diciembre de 2022 en ambos casos, sin perjuicio
de lo establecido en el dispositivo undécimo.
2. Contra la presente resolución de convocatoria las personas interesadas podrán interponer
recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería competente en materia de transportes en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del
presente acto en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con el artículo 122 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 28 de diciembre de 2021.
La Secretaria Genera,
MARÍA LUISA CORRALES VÁZQUEZ