Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022060058)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para una explotación porcina en régimen intensivo promovido por Clemasa, CB, en el término municipal de Higuera de Llerena.
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NÚMERO 12
Miércoles, 19 de enero de 2022

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infraestructura, comprobando que se encuentra en condiciones óptimas, y reparando
cualquier deficiencia de la instalación.


En el caso de que sean detectados productos químicos (desinfectantes), el vertido final
almacenado será entregado a un gestor autorizado por el organismo competente, y
para el caso que no haya presencia de dichos residuos, el vertido final podrá ser empleado como fertilizante orgánico. Para facilitar la salida de los animales que pudieran
caer accidentalmente en balsas de purines, se instalarán dispositivos que aumenten la
rugosidad de la superficie de la lámina impermeabilizadora. Estos dispositivos deberán
ser fijos y duraderos en el tiempo (en caso de deterioro ser sustituidos), y podrán
consistir en bandas de PVC rugoso (tipo moqueta), entramados metálicos, o material
reutilizado como cintas transportadoras de goma con rugosidades, etc. Cada dispositivo será de aproximadamente un metro de ancho y se colocará al menos una en cada
lado.

• La explotación dispone de un estercolero, que deberá contar con tratamiento impermeabilizante que garantice su estanqueidad. La capacidad de almacenamiento
del estercolero será de, al menos, la producción de 15 días de estiércoles sólidos. El
estercolero se deberá vaciar antes de superar los 2/3 de su capacidad, momento en
el que se comprobará que se encuentra en condiciones óptimas, reparando cualquier
deficiencia. Contará con pendiente para que los lixiviados que se produzcan se dirijan
a una balsa de purines. El estercolero se deberá cubrir mediante la construcción de
un cobertizo o una cubierta flexible (plástica), que impida el acceso de pluviales al
cubeto.


• Se habilitará una zona en el interior de los límites de las parcelas afectadas para el
mantenimiento de vehículos. No se realizarán tareas de mantenimiento de la maquinaria o los vehículos en áreas distintas a las destinadas para ello. Estas zonas se
ubicarán fuera del Dominio Público Hidráulico.



• En caso de realización de captaciones de aguas públicas, deberán disponer de la correspondiente autorización de la Confederación Hidrográfica del Guadiana que garantice el abastecimiento.



• El promotor deberá contar con las correspondientes concesiones administrativas cuyo
otorgamiento corresponde a la Confederación Hidrográfica del Guadiana (CHG).



• Con objeto de preservar la adecuada gestión y seguimiento de los residuos retirados,
el promotor tendrá a disposición los documentos que acrediten la correcta gestión de
los mismos a los diferentes gestores autorizados.