Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2022060058)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para una explotación porcina en régimen intensivo promovido por Clemasa, CB, en el término municipal de Higuera de Llerena.
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NÚMERO 12
Miércoles, 19 de enero de 2022
3449
se aplicará el purín como fertilizante se encuentran en este espacio declarado por
la importante comunidad de aves esteparias que alberga, entre las que destacan el
sisón común (Tetrax tetrax), la avutarda (Otis tarda), y el aguilucho cenizo (Circus
pygargus). El aumento de la presencia humana, así como la aplicación de purines sobre terrenos agrícolas, puede producir molestias especialmente en periodos sensibles
como la formación de concentraciones de cortejo (lek) o durante la cría. No obstante,
no es habitual ni abundante su presencia en la zona de actuación.
• Vegetación.
Se deberán respetar los pies de arbolado autóctono si existieran en la zona de actuación
y en los patios de ejercicio, debiendo proteger estos con algún sistema que no permita
a los animales acceder al tronco y raíces para evitar la muerte de los árboles, al menos
donde la carga ganadera vaya a ser considerable y la permanencia de los animales sea
constante. En el caso de que se pretenda cortar algún pie, se deberá pedir autorización
al Servicio de Ordenación y Gestión Forestal.
La parcela donde se proyecta la explotación porcina cuenta con Hábitats naturales de
interés comunitario, tales como matorrales termo mediterráneos y pre-estepicos, zonas
subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea y Dehesas perennifolias
de Quercus spp.
N
o obstante, no es previsible que la actividad tenga efectos significativos sobre hábitat
naturales siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el informe del Servicio
de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas e incluidas en la presente resolución.
• Paisaje.
Se prevé que el impacto sobre el paisaje sea mínimo debido a que el proyecto se localiza
en una zona de carácter agropecuario de similares características. No obstante, el proyecto contempla la aplicación de medidas de integración paisajísticas.
• Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
Durante la fase de construcción de las instalaciones necesarias para la instalación del
proyecto la calidad del aire se verá afectada por la emisión difusa de partículas de polvo
y emisiones gaseosas a la atmósfera y se generará ruido, en todos los casos producidos
por el funcionamiento de la maquinaria y movimientos de tierra. Las medidas preventivas y correctoras habituales para este tipo de obras disminuyen el impacto causado.
En la fase de funcionamiento el impacto sobre la calidad del aire, lo mismo que el ruido
y la contaminación lumínica, y se limita al movimiento de vehículos en operaciones de
Miércoles, 19 de enero de 2022
3449
se aplicará el purín como fertilizante se encuentran en este espacio declarado por
la importante comunidad de aves esteparias que alberga, entre las que destacan el
sisón común (Tetrax tetrax), la avutarda (Otis tarda), y el aguilucho cenizo (Circus
pygargus). El aumento de la presencia humana, así como la aplicación de purines sobre terrenos agrícolas, puede producir molestias especialmente en periodos sensibles
como la formación de concentraciones de cortejo (lek) o durante la cría. No obstante,
no es habitual ni abundante su presencia en la zona de actuación.
• Vegetación.
Se deberán respetar los pies de arbolado autóctono si existieran en la zona de actuación
y en los patios de ejercicio, debiendo proteger estos con algún sistema que no permita
a los animales acceder al tronco y raíces para evitar la muerte de los árboles, al menos
donde la carga ganadera vaya a ser considerable y la permanencia de los animales sea
constante. En el caso de que se pretenda cortar algún pie, se deberá pedir autorización
al Servicio de Ordenación y Gestión Forestal.
La parcela donde se proyecta la explotación porcina cuenta con Hábitats naturales de
interés comunitario, tales como matorrales termo mediterráneos y pre-estepicos, zonas
subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea y Dehesas perennifolias
de Quercus spp.
N
o obstante, no es previsible que la actividad tenga efectos significativos sobre hábitat
naturales siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el informe del Servicio
de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas e incluidas en la presente resolución.
• Paisaje.
Se prevé que el impacto sobre el paisaje sea mínimo debido a que el proyecto se localiza
en una zona de carácter agropecuario de similares características. No obstante, el proyecto contempla la aplicación de medidas de integración paisajísticas.
• Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
Durante la fase de construcción de las instalaciones necesarias para la instalación del
proyecto la calidad del aire se verá afectada por la emisión difusa de partículas de polvo
y emisiones gaseosas a la atmósfera y se generará ruido, en todos los casos producidos
por el funcionamiento de la maquinaria y movimientos de tierra. Las medidas preventivas y correctoras habituales para este tipo de obras disminuyen el impacto causado.
En la fase de funcionamiento el impacto sobre la calidad del aire, lo mismo que el ruido
y la contaminación lumínica, y se limita al movimiento de vehículos en operaciones de