Consejería De Educación Y Empleo. Fomento Del Empleo. Ayudas. (2022040008)
Corrección de errores del Decreto 144/2021, de 21 de diciembre, por el que se regula el programa "Un Autónomo-Un Empleo" destinado a la contratación por cuenta ajena de una persona desempleada por parte de una persona trabajadora autónoma, así como el asesoramiento y acompañamiento a ésta, para su crecimiento empresarial, se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a su financiación y se aprueba la primera convocatoria del Programa I.
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NÚMERO 11
Martes, 18 de enero de 2022

3240

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
CORRECCIÓN de errores del Decreto 144/2021, de 21 de diciembre, por el
que por el que se regula el programa "Un Autónomo-Un Empleo" destinado
a la contratación por cuenta ajena de una persona desempleada por parte
de una persona trabajadora autónoma, así como el asesoramiento y
acompañamiento a ésta, para su crecimiento empresarial, se establecen las
bases reguladoras de las ayudas destinadas a su financiación y se aprueba la
primera convocatoria del Programa I. (2022040008)
Apreciado error material en el texto del Decreto 144/2021, de 21 de diciembre, por el que se
regula el programa "Un Autónomo-Un Empleo" destinado a la contratación por cuenta ajena
de una persona desempleada por parte de una persona trabajadora autónoma, así como el
asesoramiento y acompañamiento a ésta, para su crecimiento empresarial, se establecen las
bases reguladoras de las ayudas destinadas a su financiación y se aprueba la primera convocatoria del Programa I, publicado en el DOE n.º 8, del jueves 13 de enero de 2022, se procede
a la oportuna corrección:
En la página 2155, en el artículo 23, punto 1, “Requisitos de las contrataciones del Programa I.”
Donde dice:
1. Las personas desempleadas cuya contratación es objeto de subvención del Programa I,
deberán haber realizado o, al menos, iniciado un itinerario personalizado en el Servicio
Extremeño Público de Empleo, con fecha posterior a la presentación de la Oferta de
Empleo que debe presentar la persona autónoma solicitante y anterior a la contratación
subvencionable. Dicha circunstancia se comprobará de oficio por el órgano gestor de la
ayuda.
Debe decir:
1. Las personas desempleadas cuya contratación es objeto de subvención del Programa I,
deberán haber realizado o, al menos iniciado, un itinerario personalizado en el Servicio
Extremeño Público de Empleo, con fecha anterior a la contratación subvencionable. Dicha circunstancia se comprobará de oficio por el órgano gestor de la ayuda.