Ayuntamiento De Navalvillar De Pela. Oferta De Empleo Público. (2022060041)
Resolución de 30 de diciembre de 2021, de Alcaldía, por la que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal del Ayuntamiento de Navalvillar de Pela.
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NÚMERO 9
Viernes, 14 de enero de 2022
2876
AYUNTAMIENTO DE NAVALVILLAR DE PELA
RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2021, de Alcaldía, por la que se aprueba
la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal del
Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. (2022060041)
En el Ayuntamiento de Navalvillar de Pela, provincial de Badajoz, a fecha de la firma electrónica.
El Real Decreto Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público en su artículo 2 regulador de los procesos de estabilización de
empleo temporal se “autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal
que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de
puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos que estén
contempladas en las distintas Administraciones Públicas y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los
tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020”
Asimismo y en cuanto a citado proceso de estabilización de empleo temporal, añade citado artículo que el nuevo proceso de estabilización deberá aprobarse y publicarse en los respectivos
diarios oficiales antes del 31 de diciembre de 2021, la publicación de las convocatorias de los
procesos selectivos deberán producirse antes de 31 de diciembre de 2022 y la resolución de
los mismos deberá finalizar antes de 31 de diciembre de 2024., debiendo situarse la tasa de
cobertura temporal de las plazas estructurales por debajo del ocho por ciento.
Entre las novedades introducidas desde la redacción del Real Decreto-Ley 14/2021, de 7 de
julio, está que el plazo para publicar dicha OEP se ha ampliado cinco meses, por lo que tiene
que hacerse antes del 1 de junio de 2022.
Dada cuenta que la presente oferta ha sido debidamente negociada con las organizaciones
sindicales con representación en el Ayuntamiento de Navalvillar de Pela , constituyéndose
Mesa General de Negociación para citada negociación con fecha 29 de diciembre de 2021,
acordándose a iniciativa de la representación de la Administración la necesidad de reducción
de la temporalidad del empleo público en esta Corporación y aprobándose los criterios a
seguir para determinar las plazas que formarán parte de este proceso de estabilización de
empleo temporal.
Vista la Propuesta aprobada en Mesa General de Negociación celebrada entre los representantes de la Administración y las organizaciones sindicales con representación en la misma y
anteriormente referida, el cual estima que los criterios aprobados para determinar las plazas
que deberán formar parte de esta Oferta cumplen con los requisitos legales exigidos por citado Real Decreto Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público.
Viernes, 14 de enero de 2022
2876
AYUNTAMIENTO DE NAVALVILLAR DE PELA
RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2021, de Alcaldía, por la que se aprueba
la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal del
Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. (2022060041)
En el Ayuntamiento de Navalvillar de Pela, provincial de Badajoz, a fecha de la firma electrónica.
El Real Decreto Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público en su artículo 2 regulador de los procesos de estabilización de
empleo temporal se “autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal
que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de
puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos que estén
contempladas en las distintas Administraciones Públicas y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los
tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020”
Asimismo y en cuanto a citado proceso de estabilización de empleo temporal, añade citado artículo que el nuevo proceso de estabilización deberá aprobarse y publicarse en los respectivos
diarios oficiales antes del 31 de diciembre de 2021, la publicación de las convocatorias de los
procesos selectivos deberán producirse antes de 31 de diciembre de 2022 y la resolución de
los mismos deberá finalizar antes de 31 de diciembre de 2024., debiendo situarse la tasa de
cobertura temporal de las plazas estructurales por debajo del ocho por ciento.
Entre las novedades introducidas desde la redacción del Real Decreto-Ley 14/2021, de 7 de
julio, está que el plazo para publicar dicha OEP se ha ampliado cinco meses, por lo que tiene
que hacerse antes del 1 de junio de 2022.
Dada cuenta que la presente oferta ha sido debidamente negociada con las organizaciones
sindicales con representación en el Ayuntamiento de Navalvillar de Pela , constituyéndose
Mesa General de Negociación para citada negociación con fecha 29 de diciembre de 2021,
acordándose a iniciativa de la representación de la Administración la necesidad de reducción
de la temporalidad del empleo público en esta Corporación y aprobándose los criterios a
seguir para determinar las plazas que formarán parte de este proceso de estabilización de
empleo temporal.
Vista la Propuesta aprobada en Mesa General de Negociación celebrada entre los representantes de la Administración y las organizaciones sindicales con representación en la misma y
anteriormente referida, el cual estima que los criterios aprobados para determinar las plazas
que deberán formar parte de esta Oferta cumplen con los requisitos legales exigidos por citado Real Decreto Ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público.