Universidad De Extremadura. Estudios Universitarios. (2022060024)
Resolución de 23 de diciembre de 2021, del Rector, por la que se ejecuta el Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba la normativa de simultaneidad de estudios de la Universidad de Extremadura.
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NÚMERO 9
Viernes, 14 de enero de 2022
2858
Artículo 11. Trabajos fin de estudios.
1. En la propuesta de plan de estudios de la doble titulación de la UEx se incluirán dos trabajos
fin de estudios (TFE) con el mismo número de créditos que en las titulaciones individuales
de origen.
2. Ambos trabajos podrán versar sobre la misma temática, pero deberá delimitarse claramente el alcance de cada uno de ellos.
3. Estos trabajos se regirán por la normativa al respecto que esté en vigor en su momento en
la UEx y en los Centros implicados.
4. Como norma general, se procurará que en la estructura de las dobles titulaciones los TFE se
sitúen al final del programa formativo, después del resto de las asignaturas que las conforman. En todo caso, para poder defender cualquiera de los dos TFE, será necesario que se
haya superado la totalidad de créditos que cubren los contenidos y competencias básicos y
obligatorios de la titulación individual correspondiente y que, a su vez, el número total de
créditos superados en la doble titulación, excluyendo los propios de ese TFE, sea, al menos,
igual al de dicha titulación individual.
Artículo 12. Reconocimiento de créditos.
1. La tabla de reconocimientos de créditos automáticos entre las titulaciones individuales que
constituyen la doble titulación de la UEx se elaborará siguiendo los criterios establecidos
en la normativa al respecto que esté en vigor en su momento y debe quedar recogida en
la “Memoria reguladora” cuyo contenido está previsto en el artículo 15 de esta normativa.
2. Además de los créditos reconocidos automáticamente, a los que se alude en el punto
anterior, cada estudiante podrá solicitar otros reconocimientos de créditos conforme a la
normativa citada en ese mismo punto.
Artículo 13. Procedimiento de implantación y coordinación de la propuesta.
1. Los Centros de la UEx, a iniciativa propia o de sus órganos colegiados, podrán presentar
solicitudes de implantación de dobles titulaciones.
2. De igual forma, el Consejo de Dirección de la UEx, a iniciativa propia, o su Consejo de
Gobierno, podrán promover la solicitud de dobles titulaciones, en interés de la propia Universidad y de la sociedad a la que representa.
3. Para la elaboración de la propuesta, la Junta de Centro involucrada nombrará una comisión,
formada por PDI perteneciente a dicho centro. Si la propuesta afecta a dos centros, la comisión, que será paritaria, será aprobada en ambas Juntas de Centro. Esta comisión tendrá
una persona que la coordine, elegida por y entre sus miembros.
Viernes, 14 de enero de 2022
2858
Artículo 11. Trabajos fin de estudios.
1. En la propuesta de plan de estudios de la doble titulación de la UEx se incluirán dos trabajos
fin de estudios (TFE) con el mismo número de créditos que en las titulaciones individuales
de origen.
2. Ambos trabajos podrán versar sobre la misma temática, pero deberá delimitarse claramente el alcance de cada uno de ellos.
3. Estos trabajos se regirán por la normativa al respecto que esté en vigor en su momento en
la UEx y en los Centros implicados.
4. Como norma general, se procurará que en la estructura de las dobles titulaciones los TFE se
sitúen al final del programa formativo, después del resto de las asignaturas que las conforman. En todo caso, para poder defender cualquiera de los dos TFE, será necesario que se
haya superado la totalidad de créditos que cubren los contenidos y competencias básicos y
obligatorios de la titulación individual correspondiente y que, a su vez, el número total de
créditos superados en la doble titulación, excluyendo los propios de ese TFE, sea, al menos,
igual al de dicha titulación individual.
Artículo 12. Reconocimiento de créditos.
1. La tabla de reconocimientos de créditos automáticos entre las titulaciones individuales que
constituyen la doble titulación de la UEx se elaborará siguiendo los criterios establecidos
en la normativa al respecto que esté en vigor en su momento y debe quedar recogida en
la “Memoria reguladora” cuyo contenido está previsto en el artículo 15 de esta normativa.
2. Además de los créditos reconocidos automáticamente, a los que se alude en el punto
anterior, cada estudiante podrá solicitar otros reconocimientos de créditos conforme a la
normativa citada en ese mismo punto.
Artículo 13. Procedimiento de implantación y coordinación de la propuesta.
1. Los Centros de la UEx, a iniciativa propia o de sus órganos colegiados, podrán presentar
solicitudes de implantación de dobles titulaciones.
2. De igual forma, el Consejo de Dirección de la UEx, a iniciativa propia, o su Consejo de
Gobierno, podrán promover la solicitud de dobles titulaciones, en interés de la propia Universidad y de la sociedad a la que representa.
3. Para la elaboración de la propuesta, la Junta de Centro involucrada nombrará una comisión,
formada por PDI perteneciente a dicho centro. Si la propuesta afecta a dos centros, la comisión, que será paritaria, será aprobada en ambas Juntas de Centro. Esta comisión tendrá
una persona que la coordine, elegida por y entre sus miembros.