Universidad De Extremadura. Pruebas Selectivas. (2022060034)
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Gerencia, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Gestión de Servicios, Especialidad Estadística, mediante el sistema de acceso libre.
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NÚMERO 9
Viernes, 14 de enero de 2022

2723

De conformidad con la Ley 18/2001, de 14 de Diciembre, de Tasas y Precios Públicos
de la C.A. de Extremadura, Ley 5/2005, de 27 de Diciembre de Presupuestos Generales
de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2006, Ley 2/2012, de 28 de junio,
de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y de juego de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y Ley 4/2012, de 28 de diciembre, de Medidas Financieras
y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura y Ley 1/2021, de 3 de
febrero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para
el año 2021, serán aplicables las siguientes exenciones y bonificaciones:


a) Para los desempleados. Se establece una bonificación parcial del 50 % de la cuota para los
participantes en pruebas selectivas que se encuentre en situación legal de desempleo durante, al menos, los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha
de publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la correspondiente convocatoria de pruebas selectivas. Será requisito para el disfrute de la bonificación que,
en el plazo citado, se encuentre sin ocupación laboral efectiva en el sistema de
la Seguridad Social. La situación de desempleo se acreditará mediante informe
de la vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.



b) Para aspirantes con discapacidad igual o superior al 33%. Los aspirantes que acrediten esta discapacidad quedarán exentos del pago de la tasa.



c) A los aspirantes que acrediten la condición de tercer o ulterior hijos dependientes
de sus padres, cuando el domicilio familiar radique en Extremadura con dos años
de antelación a la solicitud del beneficio fiscal y que la unidad familiar tenga unas
rentas menores cinco veces el salario mínimo interprofesional, se les reintegrarán
los derechos de exámenes ingresados, siempre que, efectivamente, participen en las
pruebas selectivas que se convoquen y soliciten la devolución del ingreso.



d) Las personas que tengan la condición de víctimas del terrorismo, cónyuges o parejas
de hecho, así como sus hijos, estarán exentos del abono de los derechos de exámenes en las pruebas selectivas convocadas por la Universidad de Extremadura.



e) Las víctimas de violencia de género establecidas como tal en la legislación vigente.

El abono de los derechos de examen habrá de realizarse dentro del plazo de presentación
de solicitudes. En consecuencia, la falta de justificación del mismo determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante la unidad administrativa expresada
en la base 3.3.