Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Subastas. (2022080031)
Anuncio de 4 de enero de 2022 por el que se da publicidad a la enajenación de ganado vacuno.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 9
Viernes, 14 de enero de 2022
2869
8. Efectos y régimen:
Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente
ejecutivos.
Salvo en casos de fuerza mayor, y siempre que no exista actuación imprudente por parte
del adjudicatario, los riesgos que se produzcan como consecuencia de la ejecución serán por
cuenta del mismo.
En lo no regulado en el Decreto 31/1997, será de aplicación la ley 9/2017, de 8 de noviembre,
de Contratos del Sector Publico.
9. Abono del anuncio en el DOE:
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21 de Decreto 331/2007, de 14 de diciembre, por
el que se regula el Diario Oficial de Extremadura, la publicación de la enajenación tiene la
naturaleza de anuncio de pago diferido, habiéndose de satisfacerse por los adjudicatarios el
importe de la cantidad que corresponda por la publicación de dicho anuncio.
Mérida, 4 de enero 2022. La Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio,
BEGOÑA GARCIA BERNAL.
Viernes, 14 de enero de 2022
2869
8. Efectos y régimen:
Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente
ejecutivos.
Salvo en casos de fuerza mayor, y siempre que no exista actuación imprudente por parte
del adjudicatario, los riesgos que se produzcan como consecuencia de la ejecución serán por
cuenta del mismo.
En lo no regulado en el Decreto 31/1997, será de aplicación la ley 9/2017, de 8 de noviembre,
de Contratos del Sector Publico.
9. Abono del anuncio en el DOE:
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21 de Decreto 331/2007, de 14 de diciembre, por
el que se regula el Diario Oficial de Extremadura, la publicación de la enajenación tiene la
naturaleza de anuncio de pago diferido, habiéndose de satisfacerse por los adjudicatarios el
importe de la cantidad que corresponda por la publicación de dicho anuncio.
Mérida, 4 de enero 2022. La Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio,
BEGOÑA GARCIA BERNAL.