Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2021063946)
Resolución de 17 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para el fomento de la contratación indefinida en la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2022.
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NÚMERO 8
Jueves, 13 de enero de 2022
CÓDIGO CIP
P5138
2468
SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PROGRAMA DE
FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA EN
LA COMUNIDAD AUTONOMA DE EXTREMADURA
12. DECLARACIÓN EXPRESA Y RESPONSABLE DE LA ENTIDAD SOLICITANTE. (Orden de 4 de marzo de 2021, por la que
se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación indefinida en la C.A. de Extremadura)
La representación legal de la entidad que suscribe la presente solicitud,
DECLARA
a. Que las contrataciones o transformaciones por las que se solicita subvención no se derivan de actuaciones de inspección por parte de la Autoridad
Laboral.
b. Que la entidad no ha sido sancionada por infracciones previstas en los artículos 16, 22.2 y 23 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto,
que aprueba el texto refundido sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, por un período de un año, a contar desde la fecha de la comisión de
la infracción, aunque no hayan sido excluidas en el acta de infracción.
c. Que las contrataciones o transformaciones por las que se solicita subvención no han sido efectuadas mediando la comisión de cualquiera de las
infracciones previstas en los artículos 22.2 y 23 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, que aprueba el texto refundido sobre Infracciones
y Sanciones en el Orden Social.
d. Que las contrataciones por las que se solicita subvención no se han efectuado con infracción de la legislación laboral, así como que las
transformaciones de contratos temporales en indefinidos por las que se solicita subvención no se han realizado con incumplimiento de los límites
temporales previstos en los artículos 11 y 15 del Estatuto de los Trabajadores.
e. Que la entidad, estando obligada según el artículo 42.1 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, cumple con la obligación de reserva del 2% de los
puestos de trabajo existentes en la empresa para trabajadores con discapacidad.
f. Que la entidad no ha solicitado o recibido otras ayudas públicas para la misma o análoga finalidad, percibidas de ésta u otras administraciones
públicas, salvo bonificaciones o reducciones en cuotas de la Seguridad Social.
g. Que el importe de la subvención no supera, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, el coste salarial
anual correspondiente al contrato cuya subvención se solicita.
13. DECLARACIÓN DE LA ENTIDAD.
La representación legal de la entidad que suscribe la presente solicitud, DECLARA que ACEPTA la subvención que, una vez instruido el procedimiento,
Le pueda ser concedida y las obligaciones que de ello se deriven, y en especial las siguientes:
a. Mantener la contratación indefinida objeto de subvención durante un periodo mínimo de dos años, contados a partir de la fecha de alta o
transformación en indefinido. La Administración podrá en cualquier momento realizar actuaciones tendentes a comprobar el cumplimiento de esta
obligación, pudiendo a tal efecto requerir a la entidad beneficiaria que aporte la documentación que acredite el cumplimiento de la misma.
b. Mantener durante un período mínimo de dos años, a contar desde la fecha de inicio o transformación en indefinido del contrato subvencionado, el
número de personas trabajadoras indefinidas, en base a las reglas establecidas en las bases reguladoras.
c. Mantener el grupo de cotización de la persona trabajadora subvencionada, durante un periodo mínimo de dos años, contados a partir de la fecha de
alta o transformación en indefinido, siempre que ello pudiera suponer una disminución de la base mínima de cotización.
d. Mantener la jornada laboral a tiempo completo durante un periodo mínimo de dos años, contados a partir de la fecha de alta o transformación en
indefinido.
e. Mantener a la persona trabajadora en códigos de cuenta de cotización adscritos a la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante un periodo
mínimo de dos años, contados a partir de la fecha de alta o transformación en indefinido.
f. Informar a las personas trabajadoras cuyo contrato sea objeto de subvención y, en su caso, a la representación legal de las mismas, de dicha
circunstancia.
g. Facilitar cuantos datos e información, en cuestiones relacionadas con las subvenciones solicitadas o concedidas, les sean requeridos por el Servicio
Extremeño Público de Empleo.
h. Comunicar en los plazos establecidos en esta norma, o en su defecto en un plazo máximo de quince días, cualquier incidencia y/o variación que
pudieran afectar a los requisitos necesarios para la consecución de la subvención o al cumplimiento de las obligaciones establecidas tanto en la
presente norma como en la resolución de concesión.
i. Comunicar, en un plazo de quince días a contar desde la comunicación o publicación de su otorgamiento, la obtención de otras subvenciones,
ayudas, ingresos o recursos públicos que financien, total o parcialmente, la contratación subvencionada.
j. Facilitar cuanta información le sea requerida por el Tribunal de Cuentas, u otros órganos competentes para el control de las subvenciones y ayudas
económicas.
k. Adoptar las normas de información y publicidad que les sean de aplicación, establecidas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
l. Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto las entidades beneficiarias, habrán de cumplir los requisitos y condiciones establecidos con carácter
general por la Ley 6/2011, del 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Fondo Social Europeo
Una manera de hacer Europa
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Jueves, 13 de enero de 2022
CÓDIGO CIP
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SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PROGRAMA DE
FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA EN
LA COMUNIDAD AUTONOMA DE EXTREMADURA
12. DECLARACIÓN EXPRESA Y RESPONSABLE DE LA ENTIDAD SOLICITANTE. (Orden de 4 de marzo de 2021, por la que
se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación indefinida en la C.A. de Extremadura)
La representación legal de la entidad que suscribe la presente solicitud,
DECLARA
a. Que las contrataciones o transformaciones por las que se solicita subvención no se derivan de actuaciones de inspección por parte de la Autoridad
Laboral.
b. Que la entidad no ha sido sancionada por infracciones previstas en los artículos 16, 22.2 y 23 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto,
que aprueba el texto refundido sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, por un período de un año, a contar desde la fecha de la comisión de
la infracción, aunque no hayan sido excluidas en el acta de infracción.
c. Que las contrataciones o transformaciones por las que se solicita subvención no han sido efectuadas mediando la comisión de cualquiera de las
infracciones previstas en los artículos 22.2 y 23 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, que aprueba el texto refundido sobre Infracciones
y Sanciones en el Orden Social.
d. Que las contrataciones por las que se solicita subvención no se han efectuado con infracción de la legislación laboral, así como que las
transformaciones de contratos temporales en indefinidos por las que se solicita subvención no se han realizado con incumplimiento de los límites
temporales previstos en los artículos 11 y 15 del Estatuto de los Trabajadores.
e. Que la entidad, estando obligada según el artículo 42.1 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, cumple con la obligación de reserva del 2% de los
puestos de trabajo existentes en la empresa para trabajadores con discapacidad.
f. Que la entidad no ha solicitado o recibido otras ayudas públicas para la misma o análoga finalidad, percibidas de ésta u otras administraciones
públicas, salvo bonificaciones o reducciones en cuotas de la Seguridad Social.
g. Que el importe de la subvención no supera, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, el coste salarial
anual correspondiente al contrato cuya subvención se solicita.
13. DECLARACIÓN DE LA ENTIDAD.
La representación legal de la entidad que suscribe la presente solicitud, DECLARA que ACEPTA la subvención que, una vez instruido el procedimiento,
Le pueda ser concedida y las obligaciones que de ello se deriven, y en especial las siguientes:
a. Mantener la contratación indefinida objeto de subvención durante un periodo mínimo de dos años, contados a partir de la fecha de alta o
transformación en indefinido. La Administración podrá en cualquier momento realizar actuaciones tendentes a comprobar el cumplimiento de esta
obligación, pudiendo a tal efecto requerir a la entidad beneficiaria que aporte la documentación que acredite el cumplimiento de la misma.
b. Mantener durante un período mínimo de dos años, a contar desde la fecha de inicio o transformación en indefinido del contrato subvencionado, el
número de personas trabajadoras indefinidas, en base a las reglas establecidas en las bases reguladoras.
c. Mantener el grupo de cotización de la persona trabajadora subvencionada, durante un periodo mínimo de dos años, contados a partir de la fecha de
alta o transformación en indefinido, siempre que ello pudiera suponer una disminución de la base mínima de cotización.
d. Mantener la jornada laboral a tiempo completo durante un periodo mínimo de dos años, contados a partir de la fecha de alta o transformación en
indefinido.
e. Mantener a la persona trabajadora en códigos de cuenta de cotización adscritos a la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante un periodo
mínimo de dos años, contados a partir de la fecha de alta o transformación en indefinido.
f. Informar a las personas trabajadoras cuyo contrato sea objeto de subvención y, en su caso, a la representación legal de las mismas, de dicha
circunstancia.
g. Facilitar cuantos datos e información, en cuestiones relacionadas con las subvenciones solicitadas o concedidas, les sean requeridos por el Servicio
Extremeño Público de Empleo.
h. Comunicar en los plazos establecidos en esta norma, o en su defecto en un plazo máximo de quince días, cualquier incidencia y/o variación que
pudieran afectar a los requisitos necesarios para la consecución de la subvención o al cumplimiento de las obligaciones establecidas tanto en la
presente norma como en la resolución de concesión.
i. Comunicar, en un plazo de quince días a contar desde la comunicación o publicación de su otorgamiento, la obtención de otras subvenciones,
ayudas, ingresos o recursos públicos que financien, total o parcialmente, la contratación subvencionada.
j. Facilitar cuanta información le sea requerida por el Tribunal de Cuentas, u otros órganos competentes para el control de las subvenciones y ayudas
económicas.
k. Adoptar las normas de información y publicidad que les sean de aplicación, establecidas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
l. Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto las entidades beneficiarias, habrán de cumplir los requisitos y condiciones establecidos con carácter
general por la Ley 6/2011, del 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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