Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Cooperación Para El Desarrollo. Subvenciones. (2021063965)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones a Proyectos de Educación para la Ciudadanía Global tramitadas por el procedimiento de concurrencia competitiva para el año 2022.
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NÚMERO 8
Jueves, 13 de enero de 2022
2356
• Para aquellas entidades que, en el momento de recibir la notificación de la resolución, no
hubieran iniciado la ejecución del proyecto, a partir de la fecha real de inicio del mismo.
4. T
eniendo en cuenta las circunstancias que se han producido por la irrupción de la pandemia ocasionada por el COVID 19 en todo el mundo en los años 2020 y 2021 y su duración
y consecuencias a lo largo del año 2022, de conformidad con lo establecido en el artículo
35.2 in fine del Decreto 5/2019 de 5 de febrero, la duración máxima prevista no podrá ser
superior a 12 meses.
5. Sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 6.2 del Decreto 5/2019, de 5 de febrero, los
proyectos deberán contener la indicación de las fechas previstas de inicio y fin de la ejecución. La fecha de inicio prevista deberá estar comprendida, en todo caso, dentro del año
correspondiente a la convocatoria.
6. E
n esta convocatoria sólo se financiarán proyectos de una duración máxima de 12 meses.
El importe máximo a financiar será de 40.000 euros para las entidades solicitantes de manera individual y de 50.000 euros para las agrupaciones de entidades. Respetando estos
límites la cuantía de la subvención podrá ser del 100 % del coste total del proyecto.
Cuarto. Plazo, forma de presentación de solicitudes y documentación administrativa.
1. E
l plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles, a contar desde el
siguiente al de la publicación de la convocatoria y del extracto de la misma en el Diario
Oficial de Extremadura, del que se dará traslado desde la Base de Datos Nacional de
Subvenciones.
2. Cada entidad podrá presentar una solicitud actuando en solitario y una más cuando forme
parte de una agrupación de entidades.
3. La falta de presentación de la solicitud en el plazo indicado en el punto primero de este
apartado impedirá la participación en la convocatoria y tendrá carácter insubsanable.
4. Todas las entidades participantes deberán presentar modelo de solicitud normalizado (Anexo I) debidamente cumplimentado que incluirá el documento de formulación de proyecto y
en el que se cumplimentarán las declaraciones responsables de:
• No hallarse incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del
artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
• Disponer de Sede Social o Delegación Permanente en Extremadura conforme a lo exigido
en el artículo17.2 de la Ley 1/2003 de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Jueves, 13 de enero de 2022
2356
• Para aquellas entidades que, en el momento de recibir la notificación de la resolución, no
hubieran iniciado la ejecución del proyecto, a partir de la fecha real de inicio del mismo.
4. T
eniendo en cuenta las circunstancias que se han producido por la irrupción de la pandemia ocasionada por el COVID 19 en todo el mundo en los años 2020 y 2021 y su duración
y consecuencias a lo largo del año 2022, de conformidad con lo establecido en el artículo
35.2 in fine del Decreto 5/2019 de 5 de febrero, la duración máxima prevista no podrá ser
superior a 12 meses.
5. Sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 6.2 del Decreto 5/2019, de 5 de febrero, los
proyectos deberán contener la indicación de las fechas previstas de inicio y fin de la ejecución. La fecha de inicio prevista deberá estar comprendida, en todo caso, dentro del año
correspondiente a la convocatoria.
6. E
n esta convocatoria sólo se financiarán proyectos de una duración máxima de 12 meses.
El importe máximo a financiar será de 40.000 euros para las entidades solicitantes de manera individual y de 50.000 euros para las agrupaciones de entidades. Respetando estos
límites la cuantía de la subvención podrá ser del 100 % del coste total del proyecto.
Cuarto. Plazo, forma de presentación de solicitudes y documentación administrativa.
1. E
l plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles, a contar desde el
siguiente al de la publicación de la convocatoria y del extracto de la misma en el Diario
Oficial de Extremadura, del que se dará traslado desde la Base de Datos Nacional de
Subvenciones.
2. Cada entidad podrá presentar una solicitud actuando en solitario y una más cuando forme
parte de una agrupación de entidades.
3. La falta de presentación de la solicitud en el plazo indicado en el punto primero de este
apartado impedirá la participación en la convocatoria y tendrá carácter insubsanable.
4. Todas las entidades participantes deberán presentar modelo de solicitud normalizado (Anexo I) debidamente cumplimentado que incluirá el documento de formulación de proyecto y
en el que se cumplimentarán las declaraciones responsables de:
• No hallarse incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del
artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
• Disponer de Sede Social o Delegación Permanente en Extremadura conforme a lo exigido
en el artículo17.2 de la Ley 1/2003 de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.