Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Cooperación Para El Desarrollo. Subvenciones. (2021063965)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones a Proyectos de Educación para la Ciudadanía Global tramitadas por el procedimiento de concurrencia competitiva para el año 2022.
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NÚMERO 8

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Jueves, 13 de enero de 2022

convocatoria, en el que se establezca de acuerdo con la modificación producida como quedarían los créditos totales de las convocatorias distribuidos por proyectos y por aplicaciones
presupuestarias.
4. En la presente convocatoria se seguirá el procedimiento de tramitación anticipada previsto
en la regla 69 de la Orden de 17 de diciembre de 2020 por la que se aprueba la instrucción de contabilidad para la Junta de Extremadura. En todo caso, la convocatoria queda
sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en los
presupuestos del ejercicio 2022.
Décimo. Régimen jurídico.
En todo lo no previsto en la presente resolución de convocatoria regirá lo dispuesto en el
Decreto 5/2019, de 5 de febrero, (DOE n.º 28 de 11 de febrero) por el que se establecen las
bases reguladoras de las ayudas en materia de cooperación internacional para el desarrollo;
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura; la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de la Hacienda Pública de Extremadura; la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en las
demás normas concordantes en materia de subvenciones públicas.
Undécimo. Efectos.
La presente resolución de convocatoria surtirá efectos a partir día siguiente al de su publicación y del extracto, a que se refiere el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, en el Diario Oficial de Extremadura.
Duodécimo. Recursos.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Igualdad y Cooperación para el
Desarrollo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y
en el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Sin perjuicio de lo señalado, los interesados podrán interponer cualquier otro recurso que
consideren procedente
Mérida, 16 de diciembre de 2021.
La Secretaria General,
ANTONIA POLO GÓMEZ