Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Comunicaciones. Concurso. (2022050008)
Orden de 30 de diciembre de 2021 por la que se convoca concurso público para el otorgamiento de 78 licencias de comunicación audiovisual para la prestación de servicios de radiodifusión sonora digital terrenal de ámbito local (DAB), de titularidad privada, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
80 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 8
Jueves, 13 de enero de 2022

2222

Todos ellos con la información necesaria para aplicar los subcriterios de valoración de la letra
H de la base décimo primera de las presentes.
En ningún caso deberán incluirse en este sobre-archivo documentos propios del Sobre-Archivo 1.
Base Décimo Primera. Criterios de valoración.
11.1. La Mesa de Evaluación analizará la documentación técnica, teniendo en cuenta en la
valoración de las solicitudes los criterios que se detallan a continuación, calificándose
cada oferta conforme a la puntuación que se le asigne en referencia a los criterios y
puntos siguientes.
11.2. La falsedad en la documentación aportada o en el contenido de la misma, con independencia de las responsabilidades administrativas y/o penales en las que pudiera incurrir
el interesado, supondrá la exclusión de éste del concurso.
11.3. C
 ada proyecto radiofónico será valorado de manera independiente para cada demarcación en caso de que un mismo interesado optare y concurriere en varias demarcaciones.
Así, los compromisos asumidos serán independientes y específicos para cada una de
las demarcaciones. No se admitirán remisiones a los compromisos de otros proyectos
radiofónicos propuestos para otras demarcaciones distintas de la propia propuesta, ni
compromisos que estén condicionados a la obtención, en su caso, de varias licencias,
ya sea en la misma demarcación o en diferentes.
11.4. Cada solicitud deberá contener documentación completa, de forma que únicamente se
valorará la adjuntada con la misma. No se tendrán en cuenta para su valoración referencias o enlaces a otras fuentes o documentos ajenos a la propia solicitud.
11.5. La falta de aportación de la información requerida en cualquiera de aquellos apartados
que se hayan definido como esenciales para la valoración de la propuesta correspondiente del interesado supondrá la exclusión de la misma, y el interesado quedará apartado del concurso respecto de aquella licencia para la cual presentó la propuesta objeto
de exclusión.
11.6. Si la valoración de cualquier apartado supusiera un resultado con utilización de decimales, éstos se redondearán a la centésima.
11.7. 
En atención a las consideraciones previas, se adoptan los siguientes criterios de
valoración:


A) Incidencia en la pluralidad del mercado audiovisual en el ámbito local, comarcal, y/o
autonómico, incluyendo la repercusión de las licencias del presente concurso - hasta
100 puntos.