Presidencia De La Junta. Emigración. Ayudas. (2022060019)
Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones, para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 7
Miércoles, 12 de enero de 2022
1943
RESOLUCIÓN de 29 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, por
la que se convocan ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento
de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones, para el
ejercicio 2022. (2022060019)
El Decreto del Presidente 15/2021, de 10 de marzo, establece las bases reguladoras de las
ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de las comunidades extremeñas en el
exterior y sus federaciones (DOE n.º 52, de 17 de marzo).
Estas ayudas, que se convocan periódicamente mediante resolución del Secretario General
de la Presidencia de la Junta de Extremadura, se conceden mediante un procedimiento de
concurrencia competitiva, con prorrateo del importe global máximo convocado entre los beneficiarios, todo ello de conformidad con lo dispuesto en las bases y la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por ello, la presente resolución del Secretario General aprueba la convocatoria de las ayudas
destinadas a financiar los gastos de equipamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones para el ejercicio 2022, de acuerdo con lo establecido en el citado
Decreto del Presidente 15/2021, de 10 de marzo.
Por lo expuesto, y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Objeto.
Mediante la presente resolución del Secretario General de la Presidencia se efectúa la convocatoria pública de ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de las comunidades
extremeñas en el exterior y sus federaciones, para el ejercicio 2022, reguladas por el Decreto
del Presidente 15/2021, de 10 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de
las ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de las comunidades extremeñas en
el exterior y sus federaciones (DOE n.º 52, de 17 de marzo; corrección de errores DOE. n.º
67, de 12 de abril).
Segundo. Entidades beneficiarias.
Podrán ser entidades beneficiarias de estas ayudas las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones, siempre que acrediten cumplir los requisitos específicos determinados
en la presente resolución y no se hallen incursas en alguna de las circunstancias que impiden
obtener la condición de entidad beneficiaria recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Miércoles, 12 de enero de 2022
1943
RESOLUCIÓN de 29 de noviembre de 2021, de la Secretaría General, por
la que se convocan ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento
de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones, para el
ejercicio 2022. (2022060019)
El Decreto del Presidente 15/2021, de 10 de marzo, establece las bases reguladoras de las
ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de las comunidades extremeñas en el
exterior y sus federaciones (DOE n.º 52, de 17 de marzo).
Estas ayudas, que se convocan periódicamente mediante resolución del Secretario General
de la Presidencia de la Junta de Extremadura, se conceden mediante un procedimiento de
concurrencia competitiva, con prorrateo del importe global máximo convocado entre los beneficiarios, todo ello de conformidad con lo dispuesto en las bases y la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por ello, la presente resolución del Secretario General aprueba la convocatoria de las ayudas
destinadas a financiar los gastos de equipamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones para el ejercicio 2022, de acuerdo con lo establecido en el citado
Decreto del Presidente 15/2021, de 10 de marzo.
Por lo expuesto, y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Objeto.
Mediante la presente resolución del Secretario General de la Presidencia se efectúa la convocatoria pública de ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de las comunidades
extremeñas en el exterior y sus federaciones, para el ejercicio 2022, reguladas por el Decreto
del Presidente 15/2021, de 10 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de
las ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de las comunidades extremeñas en
el exterior y sus federaciones (DOE n.º 52, de 17 de marzo; corrección de errores DOE. n.º
67, de 12 de abril).
Segundo. Entidades beneficiarias.
Podrán ser entidades beneficiarias de estas ayudas las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones, siempre que acrediten cumplir los requisitos específicos determinados
en la presente resolución y no se hallen incursas en alguna de las circunstancias que impiden
obtener la condición de entidad beneficiaria recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.