Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Ferias. (2022AC0001)
Acuerdo de 4 de enero de 2022, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en las ferias de carácter internacional Alimentaria Barcelona y Salón Gourmets Madrid, para el ejercicio 2022.
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NÚMERO 7
Miércoles, 12 de enero de 2022
2103
g) No realización de las actividades recogidas en la convocatoria.
h) No someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente,
aportando cuanta información le sea requerida.
i) La no comunicación a Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, de la
obtención de otro tipo de ayudas, ingresos o recursos que financien las mismas actividades, así como el incumplimiento de la obligación de notificar el estado de tramitación
o de resolución de cualquier ayuda que haya sido solicitada para el mismo fin.
j) No comunicar a Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, cualquier incidencia que pueda afectar al desarrollo del proyecto o actuación.
k) Renuncia por parte del beneficiario fuera del plazo de 3 días naturales desde la notificación de la concesión de la ayuda, siempre y cuando se hayan incurrido o comprometido
gastos relacionados con la participación del beneficiario. Los gastos incurridos o comprometidos debidos a la participación del beneficiario darán lugar al reintegro total.
l) Para las Ferias Internacionales y Ferias Nacionales de carácter internacional: No asistencia a la feria, no atención del stand todos los días de la feria, desde el día del montaje y recepción de stands hasta la fecha oficial de fin de feria marcada por la organización ferial, sin adecuada justificación y aviso previo.
m) Promoción de productos o servicios que no sean extremeños.
n) Cualesquiera otras que vengan establecidas en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
o) También será causa de incumplimiento el no cumplimiento de las obligaciones establecidas en las bases reguladoras, en la presente convocatoria, o en la resolución de
concesión.
2. E
xtremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, supervisará la existencia de los
posibles incumplimientos.
Serán causas de revocación de la ayuda, y en su caso, el reintegro de las ayudas en especie que fueron entregados a los beneficiarios, las siguientes:
— que el beneficiario no hiciese entrega de los documentos que acreditan el cumplimiento
de las actividades justificativas recogidas en el artículo 14 Justificación de la ayuda.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
"Una manera de hacer Europa"
Miércoles, 12 de enero de 2022
2103
g) No realización de las actividades recogidas en la convocatoria.
h) No someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente,
aportando cuanta información le sea requerida.
i) La no comunicación a Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, de la
obtención de otro tipo de ayudas, ingresos o recursos que financien las mismas actividades, así como el incumplimiento de la obligación de notificar el estado de tramitación
o de resolución de cualquier ayuda que haya sido solicitada para el mismo fin.
j) No comunicar a Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, cualquier incidencia que pueda afectar al desarrollo del proyecto o actuación.
k) Renuncia por parte del beneficiario fuera del plazo de 3 días naturales desde la notificación de la concesión de la ayuda, siempre y cuando se hayan incurrido o comprometido
gastos relacionados con la participación del beneficiario. Los gastos incurridos o comprometidos debidos a la participación del beneficiario darán lugar al reintegro total.
l) Para las Ferias Internacionales y Ferias Nacionales de carácter internacional: No asistencia a la feria, no atención del stand todos los días de la feria, desde el día del montaje y recepción de stands hasta la fecha oficial de fin de feria marcada por la organización ferial, sin adecuada justificación y aviso previo.
m) Promoción de productos o servicios que no sean extremeños.
n) Cualesquiera otras que vengan establecidas en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
o) También será causa de incumplimiento el no cumplimiento de las obligaciones establecidas en las bases reguladoras, en la presente convocatoria, o en la resolución de
concesión.
2. E
xtremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, supervisará la existencia de los
posibles incumplimientos.
Serán causas de revocación de la ayuda, y en su caso, el reintegro de las ayudas en especie que fueron entregados a los beneficiarios, las siguientes:
— que el beneficiario no hiciese entrega de los documentos que acreditan el cumplimiento
de las actividades justificativas recogidas en el artículo 14 Justificación de la ayuda.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
"Una manera de hacer Europa"