Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Teatro. Danza. Música. Ayudas. (2021063973)
Resolución de 7 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas a la producción teatral, de danza, espectáculos multidisciplinares y de música profesionales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
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NÚMERO 6
Martes, 11 de enero de 2022
1803
• Plan de distribución y exhibición del proyecto (certificación de programadores, expectativas de actuaciones, demandas de la obra, etc.).
• En el caso de que la obra proyectada genere derechos de autor, documentación del
Registro de la Propiedad Intelectual, la Sociedad General de Autores de España o
Entidad correspondiente de gestión de derechos de autor, en la que se acredite su
autorización para representarla; si no genera dichos derechos, certificación expresa
en este sentido.
2.
La documentación recogida en el apartado anterior, se presentará en las siguientes
condiciones:
• Todos los ficheros deberán presentarse escritos en letra Arial 12 y a doble espacio.
• Todos los ficheros deberán incorporar un índice sobre su contenido.
• Los formatos de los ficheros podrán ser PDF (legibles con el programa ADOBE ACROBAT),
Word de Microsoft (o compatibles con este formato) y Excell.
• Si se incluyeran ficheros con fotografías o dibujos, serán en formato JPG.
De no aportarse en este formato, se tendrá como no presentada y será requerida su
subsanación.
3. La documentación técnica que acompaña a la solicitud no será devuelta a las productoras.
Finalizada la convocatoria, será destruida con objeto de garantizar la confidencialidad de
los datos.
Undécimo. Criterios de valoración.
La valoración de las solicitudes se desarrollará, de acuerdo con los siguientes criterios:
A) Valoración del proyecto de producción (53 puntos):
1. La trayectoria artística y técnica de sus realizadores, así como la estabilidad y gestión
de la compañía en anteriores proyectos. En este apartado se valorarán los años de permanencia de la empresa en el panorama teatral, de danza, de espectáculos multidisciplinares o musical, a través de anteriores producciones, teniendo en cuenta el recorrido
estable de los mismos en los últimos años.
Se considerará período de alta en la actividad acorde con el proyecto a realizar:
• El tenido por la empresa solicitante. Este período se justificará mediante certificado
de situación de actividad económica.
Martes, 11 de enero de 2022
1803
• Plan de distribución y exhibición del proyecto (certificación de programadores, expectativas de actuaciones, demandas de la obra, etc.).
• En el caso de que la obra proyectada genere derechos de autor, documentación del
Registro de la Propiedad Intelectual, la Sociedad General de Autores de España o
Entidad correspondiente de gestión de derechos de autor, en la que se acredite su
autorización para representarla; si no genera dichos derechos, certificación expresa
en este sentido.
2.
La documentación recogida en el apartado anterior, se presentará en las siguientes
condiciones:
• Todos los ficheros deberán presentarse escritos en letra Arial 12 y a doble espacio.
• Todos los ficheros deberán incorporar un índice sobre su contenido.
• Los formatos de los ficheros podrán ser PDF (legibles con el programa ADOBE ACROBAT),
Word de Microsoft (o compatibles con este formato) y Excell.
• Si se incluyeran ficheros con fotografías o dibujos, serán en formato JPG.
De no aportarse en este formato, se tendrá como no presentada y será requerida su
subsanación.
3. La documentación técnica que acompaña a la solicitud no será devuelta a las productoras.
Finalizada la convocatoria, será destruida con objeto de garantizar la confidencialidad de
los datos.
Undécimo. Criterios de valoración.
La valoración de las solicitudes se desarrollará, de acuerdo con los siguientes criterios:
A) Valoración del proyecto de producción (53 puntos):
1. La trayectoria artística y técnica de sus realizadores, así como la estabilidad y gestión
de la compañía en anteriores proyectos. En este apartado se valorarán los años de permanencia de la empresa en el panorama teatral, de danza, de espectáculos multidisciplinares o musical, a través de anteriores producciones, teniendo en cuenta el recorrido
estable de los mismos en los últimos años.
Se considerará período de alta en la actividad acorde con el proyecto a realizar:
• El tenido por la empresa solicitante. Este período se justificará mediante certificado
de situación de actividad económica.