Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Teatro. Danza. Música. Ayudas. (2021063973)
Resolución de 7 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas a la producción teatral, de danza, espectáculos multidisciplinares y de música profesionales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
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En ______________________, a ___ de ________ de ___
El Representante Legal de la Empresa,
NÚMERO 6
Martes, 11 de enero de 2022
1831
Fdo.: ______________________________
D.N.I. núm.: ____________________
Notas:
•
Los gastos generales deberán ser justificados individualmente, además de con las facturas o documentos
correspondientes, mediante certificado expreso de cada gasto o de cada grupo de gastos si son de características
similares.
•
Se deberán justificar si las hubiere, las diferencias entre los grupos correspondientes al presupuesto inicial y el
justificado.
•
Los pagos de facturas de importe superior a 2.500 euros, deberán justificarse necesariamente mediante
documentos bancarios (cheques, transferencias, pagarés etc.) y su correspondiente justificación de cargo en
cuenta (mediante certificado de la entidad bancaria, listados de movimientos de cuentas, documento de cargo en
cuenta, etc.).
•
Los pagos de facturas de importe inferior a 2.500 euros, podrán justificarse, además de la manera indicada en el
párrafo anterior, mediante Recibo o Certificado de pago de la misma emitido por el proveedor (en original).
•
En cualquier caso, siempre debe quedar acreditado claramente el sujeto que paga la factura, el proveedor, el
importe pagado y la factura a que corresponde dicho pago.
El Representante Legal de la Empresa,
NÚMERO 6
Martes, 11 de enero de 2022
1831
Fdo.: ______________________________
D.N.I. núm.: ____________________
Notas:
•
Los gastos generales deberán ser justificados individualmente, además de con las facturas o documentos
correspondientes, mediante certificado expreso de cada gasto o de cada grupo de gastos si son de características
similares.
•
Se deberán justificar si las hubiere, las diferencias entre los grupos correspondientes al presupuesto inicial y el
justificado.
•
Los pagos de facturas de importe superior a 2.500 euros, deberán justificarse necesariamente mediante
documentos bancarios (cheques, transferencias, pagarés etc.) y su correspondiente justificación de cargo en
cuenta (mediante certificado de la entidad bancaria, listados de movimientos de cuentas, documento de cargo en
cuenta, etc.).
•
Los pagos de facturas de importe inferior a 2.500 euros, podrán justificarse, además de la manera indicada en el
párrafo anterior, mediante Recibo o Certificado de pago de la misma emitido por el proveedor (en original).
•
En cualquier caso, siempre debe quedar acreditado claramente el sujeto que paga la factura, el proveedor, el
importe pagado y la factura a que corresponde dicho pago.